Compatibilizar desempleo con trabajo a tiempo parcial

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Entendía que una persona cobrando prestación por desempleo si aceptaba un trabajo a tiempo parcial, seguía cobrando esta prestación reduciéndola en las horas que trabaje. Es decir, si alguien acepta un trabajo de un 10% de jornada, seguiría cobrando el 90% de la prestación.

Estoy leyendo que en abril de este año han introducido el "complemento de apoyo al empleo" (CAE).

Mi duda es si ahora esto sustituye a la compatibilidad con el trabajo a tiempo parcial. Es decir, en el ejemplo, si aceptara alguien un trabajo al 10% de jornada, cobraría de desempleo solo el CAE (que por lo que veo puede ser entre 90 a 360 euros para esa jornada y según el mes de solicitud) o además cobraría el 90% de desempleo.
 

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Un detalle, esto es así:
Si cobras el paro contributivo, sigues con la compatibilidad tradicional.
Si la prestación si la duración de la prestación contributiva reconocida en su momento es inferior a 12 meses ó, si fue superior, todavía no se han agotado los primeros 9 meses. Ya que, a partir de la 10ª mensualidad, independientemente de la jornada (es decir, se aplica también a contratos a tiempo parcial y no solo a completo), se devenga el CAE -cuantía fija- y no la compatibilidad "tradicional" (reducción según el porcentaje que sí se trabaja), pero en los términos contemplados en la DA 59ª del TRLGSS introducida por la última reforma en cuestión (RDL 2/2024).

Aquí la referencia del SEPE, dónde está explicado de una manera bastante completa.
 

Simpan

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Pues sí que lo han complicado.

Es decir, que es lo de siempre si la prestación reconocida es de menos de 12 meses.

Y si es de 12 o más meses, hasta los 9 será lo de siempre, pero luego se transforma en una paga fija (aunque la cotización parece que es proporcional).

Respecto a la duración, si la pides en el mes 10, por lo que entiendo, solo dura un mes.
 

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Y si es de 12 o más meses, hasta los 9 será lo de siempre, pero luego se transforma en una paga fija (aunque la cotización parece que es proporcional).
Correcto.
Respecto a la duración, si la pides en el mes 10, por lo que entiendo, solo dura un mes.
Cierto también. Pero es de mayor cuantía que si se inicia más tarde.
Además indicar que la compatibilidad "tradicional" se extingue automáticamente, reconociéndose de oficio el CAE, excepto que se renuncie al mismo -es posible- en los 15 días hábiles posteriores. Y recordar que ambos mecanismos consumen duración, independientemente de la cuantía, de la prestación originariamente reconocida.
 
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