COMPLEMENTO IT ACCIDENTE

JOSELIN

Nuevo miembro
Buenos días, tengo un trabajador en el convenio de siderometalurgia de Barcelona, al segundo día de trabajo se hace un esguince y le dan baja por accidente laboral, es leve y no hay hospitalización , el articulo 70 del convenio para mi es claro en cuanto que se complementa al 100% si hay hospitalización como no la ha habido no se le complementa, ahora nos lo reclama y dice que CCOO así lo considera ( no se si es verdad )
que opináis

Artículo 70 – Accidentes de trabajo

“Las empresas complementarán las prestaciones que tengan que abonar por accidente de trabajo, hasta el 100 % de la base reguladora en los accidentes ocurridos en el centro de trabajo, al igual que los ocurridos dentro del horario de actividad laboral cuando el trabajador/a necesite realizar un desplazamiento al efecto, si como consecuencia del mismo se producen lesiones que requieran internamiento hospitalario.
 

JOSELIN

Nuevo miembro
Además le acabamos de despedir por no superar periodo de prueba ya que el cliente no le quiere por varios temas y el dice que nos denuncia por discriminacián que ha sido por reclamar la baja ... en fin queria saber vueatr opinion yo creo que lo tengo todo justificado con mails del cliente y demas
 

Naialaboral

Miembro conocido
Yo entiendo que no hay obligación de complementar, el convenio de siderometalurgia de Barcelona solo prevé el 100 % en caso de hospitalización, claramente y él no ha estado hospitalizado.
Respecto al fin del contrato, se ha hecho dentro del período de prueba, que permite a la empresa finalizar sin necesidad de alegar causa. En este caso además tienes constancia de que no ha sido por reclamar la baja, tienes que poder demostrar que no tiene nada que ver con esto, por lo que no guarda relación con la baja ni hay discriminación. Igual solo quiere algo más de dinero, se puede llegar a un acuerdo para que no demande
 
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