Buenos días, os planteo la duda:
Trabajador que inicia una IT en mes de Septiembre por enfermedad común durante una semana, se reincorpora por mejoría pero a los diez días empeora y vuelve a coger baja (con hospitalización), y permanece en IT hasta la actualidad.
Según convenio de aplicación:
"El personal comprendido en el régimen de asistencia de la Seguridad Social, además de los beneficios otorgados por la misma, tendrá derecho: en caso
de incapacidad laboral por enfermedad o accidente debidamente acreditado por la Seguridad Social, del personal comprendido en el régimen de asistencia de la misma, la empresa complementará las prestaciones obligatorias hasta el importe íntegro de sus retribuciones hasta el límite de doce meses, aunque el trabajador haya sido sustituido."
Hay que aplicarle el complemento IT?, para los dos periodos? y también las pagas extraordinarias (no van prorrateadas).
Gracias!!
Trabajador que inicia una IT en mes de Septiembre por enfermedad común durante una semana, se reincorpora por mejoría pero a los diez días empeora y vuelve a coger baja (con hospitalización), y permanece en IT hasta la actualidad.
Según convenio de aplicación:
"El personal comprendido en el régimen de asistencia de la Seguridad Social, además de los beneficios otorgados por la misma, tendrá derecho: en caso
de incapacidad laboral por enfermedad o accidente debidamente acreditado por la Seguridad Social, del personal comprendido en el régimen de asistencia de la misma, la empresa complementará las prestaciones obligatorias hasta el importe íntegro de sus retribuciones hasta el límite de doce meses, aunque el trabajador haya sido sustituido."
Hay que aplicarle el complemento IT?, para los dos periodos? y también las pagas extraordinarias (no van prorrateadas).
Gracias!!