COMPLEMENTO IT

Anavale

Miembro activo
Una tontería, pero a ver si lo estoy haciendo mal... Un trabajador está de IT 3 dias. Por lo que no procede pago delegado ni complemento IT, pero el trabajador pide que no se le descuente nada y devolverá los dias. Por lo que esos 3 dias le "complementare o incentivaré" al 100%.
Si lo pongo como complemento no cotiza, no se si tendría que ponerlo como incentivo. Porque realmente no es un complemento que establezca el convenio, sino un acuerdo entre trabajador y empresa....qué opinais?
Gracias
 

Sergei

Miembro conocido
Veo que es terreno pantanoso, en cuanto se consolide y el trabajador diga que no recupera le tendréis que abonar el 100 % siempre.
No veo aconsejable que "recupere" el tiempo de baja.
 

Bruma

Miembro activo
De acuerdo con Cachili. Porque se supone que no quiere que se le practique el descuento por lo que sea. Aunque lo suyo es que se le descontrase y luego, cuando recupere esos días, que lógicamente serán horas extras, se le paguen como tales.
 

Anavale

Miembro activo
Estoy espesa, no termino de entenderlo. Ahora le abono un anticipo que nunca le descuento? porque lo devolverá en diciembre con dias de vacaciones que trabajara.
 

Sergei

Miembro conocido
Estoy espesa, no termino de entenderlo. Ahora le abono un anticipo que nunca le descuento? porque lo devolverá en diciembre con dias de vacaciones que trabajara.
Es que no compensas horas con el planteamiento de Cachilipox, compensas líquidos. En esta nómina le pagas normal, después hace extras y no se las pagas porque ya las cobró como anticipo
 

Cachilipox

Miembro conocido
Exacto, los trabajará en diciembre, y no los cobrará, pues ya los ha cobrado.
Eso sí, en cotización "ahora" no figura el anticipo, y en cotización el diciembre sí figurará unos emolumentos que realmente no cobrará (por haberlos cobrado antes).
O sea, en diciembre le pagas, pero no le pagas porque le descuentas el anticipo que debe de octubre.

Solo tienes un pequeño "derivado del azufre", con lo del salario en especie por el tipo de interés (CRA 0021). Pero es una cantidad tan ínfima que quizás no vale la pena ni considerarla.
 

Anavale

Miembro activo
pero no quieren que haga horas extras, el trabajador tiene dos dias de IT este mes que se le pagan y trabajara dos dias de sus vacaciones de navidad en compensación.
 

Sergei

Miembro conocido
pues compensar una cosa por la otra es hacer horas extras lo mires como lo mires.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Analizando desde la "pantanosidad", eso de recuperar a cuenta de vacaciones, lo veo muy en el límite.
Los periodos de vacaciones mínimas legales, los festivos legales, el mínimo descanso diario y el semanal son periodos "no-negociables".
No es lo mismo recuperar 3 jornadas (24 horas), mediante el alargamiento de 1 h diaria durante 1 mes, que mediante no disfrutar de 3 días de vacaciones.
Esas vacaciones no-disfrutadas siempre quedan en el "pendiente" a favor del trabajador.
 
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