CHARO
Miembro conocido
Hola a todos, tengo el caso de un trabajador que esta en una empresa de la rama de químicas. Este señor tiene una antiguedad desde 2004, y dentro de sus funciones esta la de viajar al extranjero. En el momento que entro en la empresa pactaron verbalmente que cada día fuera del país cobraría un "complemento viaje" consistente en 96 por día. Este concepto le era abonado trimestralmente (marzo,junio,septiembre, diciembre) y lo ha estado cobrando desde que empezó hasta este mes de marzo, que la empresa dice que, debido a la crisis se suprime cobrando en su lugar una prima por objetivos que aún estan por establecer. Mi pregunta es la siguiente ¿este concepto no podría considerarse consolidado?, de ser así el tema sería que la empresa podría poner menos del importe pagado hasta ahora por este concepto (96 por día), ya que el importe es variable, pero el trabajador puede demostrar (por billetes de avión y facturas de hotel), que en todo este tiempo coinciden estos importes percibidos al multiplicar los días de estancia fuera del país con los 96. Y por último, ¿puede el trabajador negarse a estos viajes?, ya que ni esta por escrito las condiciones de pago, ni el que tenga que realizarlos. Muchas gracias a todos por vuestro tiempo.