COMPLEMENTO VIAJES

CHARO

Miembro conocido
Hola a todos, tengo el caso de un trabajador que esta en una empresa de la rama de químicas. Este señor tiene una antiguedad desde 2004, y dentro de sus funciones esta la de viajar al extranjero. En el momento que entro en la empresa pactaron verbalmente que cada día fuera del país cobraría un "complemento viaje" consistente en 96€ por día. Este concepto le era abonado trimestralmente (marzo,junio,septiembre, diciembre) y lo ha estado cobrando desde que empezó hasta este mes de marzo, que la empresa dice que, debido a la crisis se suprime cobrando en su lugar una prima por objetivos que aún estan por establecer. Mi pregunta es la siguiente ¿este concepto no podría considerarse consolidado?, de ser así el tema sería que la empresa podría poner menos del importe pagado hasta ahora por este concepto (96€ por día), ya que el importe es variable, pero el trabajador puede demostrar (por billetes de avión y facturas de hotel), que en todo este tiempo coinciden estos importes percibidos al multiplicar los días de estancia fuera del país con los 96€. Y por último, ¿puede el trabajador negarse a estos viajes?, ya que ni esta por escrito las condiciones de pago, ni el que tenga que realizarlos. Muchas gracias a todos por vuestro tiempo.
 

BSK

Miembro activo
A mi modo de ver, aunque el complemento de viaje no esté recogido en ningún convenio, si es verdad que es un acuerdo entre empresa y trabajador, verbal, pero acuerdo, y existen justificantes de que se ha hecho así siempre, por tanto, el complemento de viaje debe abonarse cada viaje que el trabajador haga. Una prima por objetivos creo que no tiene nada que ver con un complemento de viaje porque entiendo que este complemento se parece más a un concepto extrasalarial, mientras que la prima por objetivo no es otra cosa que una comisión, y por tanto, cotizable. Respecto a la negativa a hacer los viajes, existe un procedimiento establecido en el Estatuto de los Trabajadores respecto a los desplazamientos.
 

BSK

Miembro activo
FERNANDO dijo:
No se consolida al estar justificado porque el trabajador viaja.

Y ahora que, va a viajar y no se le pagan ni dietas?? el alojamiento lo paga el trabajador??... porque ese complemento huele a dietas.
 

CHARO

Miembro conocido
No, no son dietas, al trabajador se le pagan todos los gastos, viajes, estancia, manuntención, etc.. llevan una tarjeta de la empresa. Este complemento es una recompensa por tener que estar fuera de casa en períodos de hasta 15 días seguidos en paises como Rusia, Turquía, Argelia, etc.. viene haciendo un total de 100 días al año fuera del país. Este señor trabaja en esos paises en otras empresas (estas no pertenecen a ningún grupo de la suya. No sé si se puede considerar como trabajador cedido). El caso es ahora  le dan otra opción, quieren pactar un importe fijo que corresponde a unos 100 días al año fuera de casa, pero este año se incrementan los viajes (según la agenda prevista), y se calcula que estarán fuera de casa una media de 195 días. Necesitaría saber si se puede cambiar unilateralmente el pacto que se hizó en un principio de 96€ X dia fuera de casa, y si en caso que la empresa lo haga, se puede mi cliente negar a viajar, el convenio es el de Quimicas y mi cliente en categoría pone grupo 4, el grupo de cotización según la nómina es un 7. Muchas gracias por vuestras respuestas.
 
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