Buenos días.
He hecho una consulta a CASIA respecto a las inactividades "R" y "S" en fuerza mayor parcial y me responden esto:
Buenos días. La publicación del RDL 18/2020 y BNR de 14 de Mayo, establecen 3 requisitos previos a la comunicación de inactividad R o S:
1- Solicitud de renuncia de Expediente de Regulación de Empleo ante Autoridad Laboral, y notificación por parte de ésta de su aceptación.
2- Comunicación al SEPE de todas las variaciones correspondientes
3- Comunicación de Declaración Responsable a través del Sistema Red, grabando peculiaridad 059.
Hasta que no estén realizados todos estos trámites administrativos, NO se puede en ningún caso grabar la inactividad R o S. Tal y como indicamos en BNR de 19 de Mayo, dichas comunicaciones se podrán realizar a partir del 1 de Junio. Gracias. Un saludo
Mi duda es si hay que hacer la solicitud de renuncia del ERTE también en caso de fuerza mayor parcial, ya que citan tambien la peculiaridad 059, que es para parcial.
En el boletín RED 11/2020 en el punto 3 de los requisitos pone "... comuniquen a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al expediente ..." y ese "en su caso" junto a la respuesta que me han dado es lo que me despista.
He hecho una consulta a CASIA respecto a las inactividades "R" y "S" en fuerza mayor parcial y me responden esto:
Buenos días. La publicación del RDL 18/2020 y BNR de 14 de Mayo, establecen 3 requisitos previos a la comunicación de inactividad R o S:
1- Solicitud de renuncia de Expediente de Regulación de Empleo ante Autoridad Laboral, y notificación por parte de ésta de su aceptación.
2- Comunicación al SEPE de todas las variaciones correspondientes
3- Comunicación de Declaración Responsable a través del Sistema Red, grabando peculiaridad 059.
Hasta que no estén realizados todos estos trámites administrativos, NO se puede en ningún caso grabar la inactividad R o S. Tal y como indicamos en BNR de 19 de Mayo, dichas comunicaciones se podrán realizar a partir del 1 de Junio. Gracias. Un saludo
Mi duda es si hay que hacer la solicitud de renuncia del ERTE también en caso de fuerza mayor parcial, ya que citan tambien la peculiaridad 059, que es para parcial.
En el boletín RED 11/2020 en el punto 3 de los requisitos pone "... comuniquen a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al expediente ..." y ese "en su caso" junto a la respuesta que me han dado es lo que me despista.