Comunicación IT en Sistema Red REEH

Judit

Nuevo miembro
Buenos días,
No se si hay correlación por cotización simplificada pero mi duda es: se deben comunicar los partes de baja y alta mediante Sistema red en el REEH? o es sólo obligación para el Régimen General?
 

Leovigildo

Miembro activo
Y para el pago directo de INSS del empleado

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Y si no tiene certificado digital, y se le/la quiere hacer el favor

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Con copia de DNI presentador más DNI de representado
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
Buenos días, simplemente una duda (bueno, más bien una especie de reflexión): Nosotros llevamos pocos clientes del REEH (es más por compromiso con clientes que otra cosa) y en los que llevamos nunca tuve ninguna baja salvo una el mes pasado. Ahora gracias a este foro (que me salva la vida muchas veces), sé que cuando hay una baja debo tramitar los datos económicos, pero ¿es realmente obligatorio?

Lo digo en el caso de un empleador que se tramite sus cosas sin mediación de un autorizado RED, ¿sabe como hacerlo? ¿Se puede hacer a través de IMPORTASS? Que a lo mejor hay una opción directa ahí y fácil para los empleadores y yo lo desconozco.

Por ejemplo: hace cosa de un año nos vino rebotado un caso en el que la empleada de hogar había tenido un accidente de trabajo, pero fue en otro trabajo que realizaba en el régimen general. En su momento, la empleadora miró por internet y le preparó la documentación para que se pidiera la prestación en el INSS y hasta donde yo sé, nadie tramitó el parte de baja en ningún sitio. Nosotros lo único que le tramitamos fue el Delt@, porque se lo reclamaron para que la empleada pudiera cobrar la prestación.
 

Argi

Miembro conocido
Buenos días, simplemente una duda (bueno, más bien una especie de reflexión): Nosotros llevamos pocos clientes del REEH (es más por compromiso con clientes que otra cosa) y en los que llevamos nunca tuve ninguna baja salvo una el mes pasado. Ahora gracias a este foro (que me salva la vida muchas veces), sé que cuando hay una baja debo tramitar los datos económicos, pero ¿es realmente obligatorio?

Lo digo en el caso de un empleador que se tramite sus cosas sin mediación de un autorizado RED, ¿sabe como hacerlo? ¿Se puede hacer a través de IMPORTASS? Que a lo mejor hay una opción directa ahí y fácil para los empleadores y yo lo desconozco.

Por ejemplo: hace cosa de un año nos vino rebotado un caso en el que la empleada de hogar había tenido un accidente de trabajo, pero fue en otro trabajo que realizaba en el régimen general. En su momento, la empleadora miró por internet y le preparó la documentación para que se pidiera la prestación en el INSS y hasta donde yo sé, nadie tramitó el parte de baja en ningún sitio. Nosotros lo único que le tramitamos fue el Delt@, porque se lo reclamaron para que la empleada pudiera cobrar la prestación.
Pues estoy contigo. No tengo claro que sea obligatorio, porque de serlo debería estar implementarlo en IMPORTASS como bien dices.
 

Leovigildo

Miembro activo
Cuando me toca ir a C/ Londres, nº 60 en Madrid (es la oficina asignada a Madrid para Régimen de Hogar) se lo he comentado muchas veces a los funcionarios e incluso como hace el INE, si no hay certificado o autorizado RED, con un usuario y contraseña, poder rellenar de manera más fácil en estos casos puntuales la comunicación de datos. He de decir que RECEMA, hay que rellenar las bases de los trece meses anteriores que pide, cuando en el general sólo el que no se ha abonado todavía.
Al final, IMPORTASS lo veo como una herramienta, para poder ver cuotas y si están la bonificaciones por parte de empleador bien aplicadas o reconocidas.
 

FAsesor

Miembro
Buenas, sólo datos económicos es decir la base CC comunicada por el cabeza de familia a la TGSS

Ver el archivos adjunto 2007
Hola! Al igual que muchos compañeros, tengo por primera vez una baja por enfermedad común de una trabajadora del REEH. ¿cómo tramito la baja? Puedo enviar los datos económicos a través de SILTRA como cualquier trabajador? Porque la imagen que muestras entiendo que es SEDE ELECTRÓNICA NO?

Gracias por tu ayuda. Saludos!
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
Puede ser que no conste en el sistema aún. Si la cuenta de cotización la tienes en tu autorización RED, deberá llegarte la información de la baja médica a través del FIE igual que cualquiera del reg. gral, pero a veces tardan un par de días en llegar (o incluso más...)
Salvo mejor opinión, claro.
 

Kalin

Miembro activo
Con Cecilia Alcap. Mientras no te llegue el fie con la baja por siltra no consta en el sistema y no te deja grabar nada. Incluso desde la mutua tampoco te pueden informar de nada mientras no este en el sistema. Y a veces tarda varios dias en aparecer en siltra...
 

FAsesor

Miembro
Pues listo, ayer me llegó el FIE a SILTRA y ya he podido presentarlo. En el FIE me indica que está en pago directo... ¿Debo comunicar algo más?
 

Cecilia Alcap

Miembro activo
Solo si la baja supera los 8 días, que entonces a partir del día 9º de la baja sí que pasa a pago directo y se debe solicitar el pago directo con el INSS o mutua asignada, creo.
 

Argi

Miembro conocido
Pues yo sigo sin verlo tan claro lo de la obligación de comunicarlo por sistema red o por sede electrónica. Ayer vi la comunicación del INSS que llegó a una empleadora, relativa a la IT de la empleada, indicando los pasos a dar y en ningún momento le dice que tiene que comunicar la baja por medio alguno.
 

toni

Miembro conocido
Pues yo sigo sin verlo tan claro lo de la obligación de comunicarlo por sistema red o por sede electrónica. Ayer vi la comunicación del INSS que llegó a una empleadora, relativa a la IT de la empleada, indicando los pasos a dar y en ningún momento le dice que tiene que comunicar la baja por medio alguno.
Asi es, este regimen no se envia nada por siltra ni por red, tan solo al pedir el pago directo se adjunta el certificado de bases.
 
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