Muy buenas
Una empresa por causas organizativas y productiva va a modificar el horario de trabajo de las personas trabajadores (son 5)
Entrarán más tarde y saldrán más tarde, para poder tener más margen de comunicación con los clientes
El cambio se contabiliza en 1h 45 min (en vez de finalizar la jornada a las 15:30 la finalizarán a las 17:15h
Personalmente considero que este cambio afecta a la organización personal y familiar de las personas y se puede considerar una MSCT
En la comunicación de la empresa a las personas trabajadoras del nuevo horario, ¿indicáis que si la persona trabajadora no está de acuerdo con el cambio de horario puede solicitar la extinción del contrato de trabajo con indemnización de 20 días o no hacéis ninguna referencia a esta posibilidad?
Gracias
Una empresa por causas organizativas y productiva va a modificar el horario de trabajo de las personas trabajadores (son 5)
Entrarán más tarde y saldrán más tarde, para poder tener más margen de comunicación con los clientes
El cambio se contabiliza en 1h 45 min (en vez de finalizar la jornada a las 15:30 la finalizarán a las 17:15h
Personalmente considero que este cambio afecta a la organización personal y familiar de las personas y se puede considerar una MSCT
En la comunicación de la empresa a las personas trabajadoras del nuevo horario, ¿indicáis que si la persona trabajadora no está de acuerdo con el cambio de horario puede solicitar la extinción del contrato de trabajo con indemnización de 20 días o no hacéis ninguna referencia a esta posibilidad?
Gracias