Comunicacion de datos, que pasa despues?

Caslaboral

Miembro conocido
Hola!

Respecto a la famosa comunicacion de datos, que creeis que se debe hacer cuando hay cambios a posteriori?

P ej. compraventa de participaciones + cambio de administrador (sin cambio de RETA).

Se deberia hacer los cambios en TGSS? Realmente el RD 504 no nos obliga a eso, solo habla de altas.
 

Inma.2

Miembro conocido
yo creo, que la base de datos la debemos ir actualizando conforme se produzcan las modificaciones (compra venta participaciones, cambio administrador.....)
 

Caslaboral

Miembro conocido
yo creo, que la base de datos la debemos ir actualizando conforme se produzcan las modificaciones (compra venta participaciones, cambio administrador.....)
hmm esque justo tengo un caso, y de momento no voy a comunicarlo. Si lo quieren que pregunten al registro hehe
 

DANI ML

Miembro conocido
hmm esque justo tengo un caso, y de momento no voy a comunicarlo. Si lo quieren que pregunten al registro hehe
Bueno, cada cual ha de ver cómo actuar, pero mi modesta opinión, es que los argumentos tipo "el Registro mercantil ya tiene los datos"... "estos datos ya están en el Impuesto de sociedades".... los han usado los colegios, asociaciones de autónomos etc., más como un "derecho a pataleo" que como argumento real para la eximición de la obligación. El RD 504/2022 no es una norma en sí misma sobre obligaciones a cumplir, sino una modificación del ya existente RD 84/1996 que regula las altas, bajas y variaciones. El artículo 28 está ahí, y habla de las variaciones, con sus plazos etc. Si hemos tenido que comunicar unos datos, aunque hayan sido excesivos, pues habrá que comunicar también las variaciones de dichos datos, si no, esos datos iniciales pierden su razón de ser.
 

Val-2005

Miembro
A mí telefónicamente me dijeron que cada vez que hubiese un cambio accionarial dentro de una empresa deberíamos comunicarlo.
Cada vez más trabajo y más cosas a tener en cuenta
 
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