EL NOMINAS
Miembro activo
Buenos días.
Como continuación de lo indicado en los Boletines Noticias RED 1/2018, de 16 de abril, 2/2018, de 28 de mayo, 5/2018, de 26 de septiembre, y 4/2019 de 8 de julio, todos ellos sobre el mismo ASUNTO Identificación de trabajadores excluidos de determinadas contingencias o prestaciones-, se informa que a partir del hoy 3 de febrero de 2020, se inicia el procedimiento de identificación de las exclusiones de cotización de contingencias o prestaciones aplicables a determinados trabajadores en el mismo registro de alta de éstos, respecto de los CCC adheridos al Sistema Liquidación Directa (SLD).
Como consecuencia de ello desde la fecha indicada, no se deberá proceder a la asignación de CCCs principales, secundarios o reactivación de los existentes, de CCCS con los siguientes TRLs.
087 CONTRATO DE APRENDIZAJE/FORMACION
951 CONSEJERO-ADMINIST. SMC./S
930 SOCIOS TRAB.COOP(TRAB.ASOC.Y EXP.TIERRA)
986 PROGRAMAS DE FORMACIÓN
Caso de ser necesaria el alta de algún trabajador con estas peculiaridades de cotización, durante este periodo transitorio, deberá ser comunicado a esta Unidad de Atención al Usuario, por medio un correo al buzón uau.tgss-valencia.telefono@seg-social.es, indicando el NIF de la empresa, para proceder a la habilitación de la peculiaridad correspondiente en el CCC que proceda.
La unificación de CCCs no será de aplicación hasta que así se establezca de forma expresa por la Tesorería General de la Seguridad Social, que será comunicada de forma individualizada a cada uno de los autorizados RED afectados.
Saludos y gracias por su colaboración.
Como continuación de lo indicado en los Boletines Noticias RED 1/2018, de 16 de abril, 2/2018, de 28 de mayo, 5/2018, de 26 de septiembre, y 4/2019 de 8 de julio, todos ellos sobre el mismo ASUNTO Identificación de trabajadores excluidos de determinadas contingencias o prestaciones-, se informa que a partir del hoy 3 de febrero de 2020, se inicia el procedimiento de identificación de las exclusiones de cotización de contingencias o prestaciones aplicables a determinados trabajadores en el mismo registro de alta de éstos, respecto de los CCC adheridos al Sistema Liquidación Directa (SLD).
Como consecuencia de ello desde la fecha indicada, no se deberá proceder a la asignación de CCCs principales, secundarios o reactivación de los existentes, de CCCS con los siguientes TRLs.
087 CONTRATO DE APRENDIZAJE/FORMACION
951 CONSEJERO-ADMINIST. SMC./S
930 SOCIOS TRAB.COOP(TRAB.ASOC.Y EXP.TIERRA)
986 PROGRAMAS DE FORMACIÓN
Caso de ser necesaria el alta de algún trabajador con estas peculiaridades de cotización, durante este periodo transitorio, deberá ser comunicado a esta Unidad de Atención al Usuario, por medio un correo al buzón uau.tgss-valencia.telefono@seg-social.es, indicando el NIF de la empresa, para proceder a la habilitación de la peculiaridad correspondiente en el CCC que proceda.
La unificación de CCCs no será de aplicación hasta que así se establezca de forma expresa por la Tesorería General de la Seguridad Social, que será comunicada de forma individualizada a cada uno de los autorizados RED afectados.
Saludos y gracias por su colaboración.