COMUNICAR EN SISTEMA RED EL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA

SOFIA

Nuevo miembro
Buenas tardes, referente a la nueva obligación de comunicar el convenio colectivo de la empresa he visto que piden informar fecha desde... hasta...
¿Qué información se debe poner si la empresa ya tiene aplicado ese convenio desde su creación hace muchísimos años?
 

JAVIER_R

Miembro activo
Pero...¿cómo debemos de informar a la seguridad social el convenio colectivo de la empresa? Puesto que yo he estado hablando con los funcionarios y me han dicho que esta obligación se ha de cumplir antes de finales de Noviembre pero que no saben como se ha de comunicar (!!!).

Mi programa laboral (A3NOM) explicar como realizarlo pero a través de uno a uno de los trabajadores de la empresa, (en el caso de que en una misma empresa se aplicara un convenio colectivo a unos asalariados y otro convenio al resto), pero a nivel general no se realiza a través del programa... ¿cómo lo estais comunicando vosotros? ¿es cierto que esta obligación cumple antes de finales de noviembre?.

Gracias.
 

carloslugo

Miembro activo
lo puedes hacer a través del sistema on line ... si la empresa tiene convenio lo informas a nivel de empresa y si no hay convenio y están por el E.T. lo tienes que informar a nivel del trabajador ... poniendo el código que te indican ... esta en un boletín de noticias Red .
 

MJ1977

Miembro activo
JAVIER_R dijo:
Pero...¿cómo debemos de informar a la seguridad social el convenio colectivo de la empresa? Puesto que yo he estado hablando con los funcionarios y me han dicho que esta obligación se ha de cumplir antes de finales de Noviembre pero que no saben como se ha de comunicar (!!!).

Mi programa laboral (A3NOM) explicar como realizarlo pero a través de uno a uno de los trabajadores de la empresa, (en el caso de que en una misma empresa se aplicara un convenio colectivo a unos asalariados y otro convenio al resto), pero a nivel general no se realiza a través del programa... ¿cómo lo estais comunicando vosotros? ¿es cierto que esta obligación cumple antes de finales de noviembre?.

Gracias.

Pues empresa por empresa, a manini, el programa no genera un fichero para enviar y como hay que hacerlo online pues listado de empresas con su convenio correspondiente y ale a perder el tiempo
 

fundación

Miembro conocido
JAVIER_R dijo:
Pero...¿cómo debemos de informar a la seguridad social el convenio colectivo de la empresa? Puesto que yo he estado hablando con los funcionarios y me han dicho que esta obligación se ha de cumplir antes de finales de Noviembre pero que no saben como se ha de comunicar (!!!).

Mi programa laboral (A3NOM) explicar como realizarlo pero a través de uno a uno de los trabajadores de la empresa, (en el caso de que en una misma empresa se aplicara un convenio colectivo a unos asalariados y otro convenio al resto), pero a nivel general no se realiza a través del programa... ¿cómo lo estais comunicando vosotros? ¿es cierto que esta obligación cumple antes de finales de noviembre?.

Gracias.

Disposición transitoria única. Comunicación del código de convenio colectivo.

A efectos de cumplir lo dispuesto en los artículos 11.1 y 30.2.1.º del Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, en la redacción dada a ambos por este real decreto, las empresas inscritas y con trabajadores en alta en la fecha de su entrada en vigor deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro de los seis meses naturales siguientes al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», el código o los códigos de convenio colectivo que les resulten aplicables, en su caso, así como el código o los códigos de convenio colectivo que, en su caso, resulten aplicables a cada uno de sus trabajadores, que habrán de coincidir con el correspondiente al código de cuenta de cotización en el que figuren en alta o, de haberse declarado de aplicación en la empresa más de un convenio, con aquel o aquellos que les correspondan de entre los que figuren vinculados a esa cuenta de cotización.
. Publicado en julio.

Por no saber, no saben ni cual es el plazo.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Se recuerda, por último, que conforme a lo establecido en la disposición transitoria única del Real Decreto
708/2015, las empresas inscritas y con trabajadores de alta en la fecha de entrada en vigor de dicho Real Decreto,
deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro de los seis meses naturales siguientes al
de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el código o códigos de convenio colectivo que les resulten
aplicables. Dicho plazo finaliza, por lo tanto, el próximo mes de enero de 2016.
 

fundación

Miembro conocido
Claro, eso estoy diciendo: le dicen los funcionarios que antes de finales de noviembre, cuando es antes del 1 de febrero de 2016.
 
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