CONCURSO Y RESTO DE LIQUIDACIONES

alejop

Nuevo miembro
Buenas Tardes ,
Tengo una duda con el tema del Concurso , empresa en concurso el administrador concursal , emite certificados , los trabajadores
presentan la documentación en FOGASA, pero la empresa tiene unos activos , coches y ordenadores , con la venta de ellos se puede
pagar parte de la indemnización.

¿  los trabajadores pierden las cantidades por encima de los topes del FOGASA ?, o podrían reclamar por el importe que no cobraran y quedara por la liquidaciones de los vehículos , gracias y perdon si ya se formulo la pregutna ,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Claro; el trabajador cobra del FOGASA pero sigue como acereedor por los créditos que se le adeudan (al igual que el FOGASA).
 

alejop

Nuevo miembro
Disculpa mi desconocimiento , Fernando , entiendo que contra despido no reclama, se liquidaron los 20 dias ,  pero, que plazos y ante que juzgado se deberia reclamar , las nóminas . Gracias nuevamente 
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, según entiendo:

Una vez declarado el concurso, tienes un mes para declarar los créditos a la administración concursal (a contar desde la publicación del mismo en el BOE). Una vez reconocidas las deudas en la lista de acreedores, ya se puede solicitar al FOGASA la prestación. Lo que quede pendietne,pues se percibirá de acuerdo al tipo de crédito que conserven los trabajadores (privilegio general . El FOGASA, mientras, se subrogará en los derechos de los trabajadores, entrando a formar parte de la listra de acreedores.
 
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