CONSEJO DE MINISTROS RD SMI 2026

toni

Miembro conocido

A falta de su publicacion BOE

Trabajo y Economía Social​

SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026. El real decreto sube el importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 un 3,1%, hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas, exento de tributación. El nuevo importe se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

La cifra se ha acordado con los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, en la Mesa de Diálogo social. El acuerdo contempla abordar, además, que la subida sea efectiva para las personas trabajadoras con una regulación específica que evite mecanismos de compensación y absorción de los complementos específicos de las personas trabajadoras.

En el año 2026, el SMI se incrementa 37 euros mensuales en 14 pagas, suponiendo un incremento de 518 euros anuales hasta los 17.094, sin tributación en concepto de IRPF. Desde el año 2018 el SMI ha aumentado un 66%. Un incremento de 485,10 euros al mes y 6.791,4 euros al año.

Según la estimación obtenida con datos a partir de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2024, la subida beneficiará a unos 2,5 millones de personas trabajadoras.

Las personas trabajadoras en contratos de duración determinada de menos de 120 días no podrán percibir una cuantía inferior a 57,82 euros por jornada legal en la actividad. En el caso de las empleadas de hogar que trabajen por horas en régimen externo no podrán percibir menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.
 

Naialaboral

Miembro conocido

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Trabajo y Economía Social​

SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026. El real decreto sube el importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 un 3,1%, hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas, exento de tributación. El nuevo importe se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

La cifra se ha acordado con los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, en la Mesa de Diálogo social. El acuerdo contempla abordar, además, que la subida sea efectiva para las personas trabajadoras con una regulación específica que evite mecanismos de compensación y absorción de los complementos específicos de las personas trabajadoras.

En el año 2026, el SMI se incrementa 37 euros mensuales en 14 pagas, suponiendo un incremento de 518 euros anuales hasta los 17.094, sin tributación en concepto de IRPF. Desde el año 2018 el SMI ha aumentado un 66%. Un incremento de 485,10 euros al mes y 6.791,4 euros al año.

Según la estimación obtenida con datos a partir de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2024, la subida beneficiará a unos 2,5 millones de personas trabajadoras.

Las personas trabajadoras en contratos de duración determinada de menos de 120 días no podrán percibir una cuantía inferior a 57,82 euros por jornada legal en la actividad. En el caso de las empleadas de hogar que trabajen por horas en régimen externo no podrán percibir menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.
Muchas gracias
 

isabarros

Miembro activo

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Trabajo y Economía Social​

SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026. El real decreto sube el importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 un 3,1%, hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas, exento de tributación. El nuevo importe se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

La cifra se ha acordado con los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, en la Mesa de Diálogo social. El acuerdo contempla abordar, además, que la subida sea efectiva para las personas trabajadoras con una regulación específica que evite mecanismos de compensación y absorción de los complementos específicos de las personas trabajadoras.

En el año 2026, el SMI se incrementa 37 euros mensuales en 14 pagas, suponiendo un incremento de 518 euros anuales hasta los 17.094, sin tributación en concepto de IRPF. Desde el año 2018 el SMI ha aumentado un 66%. Un incremento de 485,10 euros al mes y 6.791,4 euros al año.

Según la estimación obtenida con datos a partir de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2024, la subida beneficiará a unos 2,5 millones de personas trabajadoras.

Las personas trabajadoras en contratos de duración determinada de menos de 120 días no podrán percibir una cuantía inferior a 57,82 euros por jornada legal en la actividad. En el caso de las empleadas de hogar que trabajen por horas en régimen externo no podrán percibir menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.
Muchas gracias
 

Noe2024

Nuevo miembro
Entiendo que en el caso de trabajadores que el salario base por ejemplo sea 1100€ y tengan complementos por convenio que en su totalidad junto al salario base superen los 1221€, ¿Aun así hay que subirle el salario base a 1221€ no?
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, lo que creí leer es que no serían absorbibles los pluses relativos al puesto de trabajo: peligrosidad, nocturnidad, comisiones, etc...

Pero las mejoras voluntarias varias sí son absorbibles.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Muchas gracias, Toni.

O sea, mañana día 19, publicarán el nuevo SMI... ¡¡que aprobaron el Martes 17!! ¿Será suponer mucho que en el próximo Consejo de Ministros aprobarán las bases mínimas de cotización y el IRPF concordante con dicho SMI? ¿Llegarán a tiempo para preparar las nóminas antes del día 27? Porque ya no llegan a tiempo para cambiar las liquidaciones de Enero pero eso sí, habrá que recalcularlas con las nuevas bases y estar preparados para cuando dentro de 9 ó 10 meses decidan enviar sus "complementarias" a las "autoliquidaciones de Enero".

¿Pero tanto les cuesta trabajar para sacar todo a la vez?

Salu2.:cool:
 

Christian

Miembro activo
A ver, lo que creí leer es que no serían absorbibles los pluses relativos al puesto de trabajo: peligrosidad, nocturnidad, comisiones, etc...

Pero las mejoras voluntarias varias sí son absorbibles.
entonces los pluses del convenio como asistencia, quebrantos de moneda, etc no son absorbibles?
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Entonces , plus de antiguedad, plus de transporte, pueden llegar a convertirse en no absorvibles?.....se avecinan entonces liquidaciones complementarias a tutiplen....... para los expertos en derecho...¿esto de los decretos-ley a mansalva cuadran con la constitución que es su cumpleaños o algo así?
 

toni

Miembro conocido
No es un RDL, es un RD normal y corriente, lease "porque me sale de los huevos.

Los RDL tienen su encaje en el 86 de la constitucion, pero solo en los casos de extraordinaria y urgente necesidad...
 
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