consignacion en un juzgado y donde poner la demanda despido

lor

Nuevo miembro
Hola, queria saber si la empresa ha consignado la indemnizacion por despido y ha recaido en un Juzgado. Si el trabajador demanda finalmente por despido, la demanda ¿hay que ponerla en el Juzgado donde está ya la indemnización, o en general, al que por turno corresponda? Gracias.
 

Raquel GR

Miembro activo
No entiendo lor, normalmente la consignación no recae en ningún juzgado..., la demanda como siempre y luego al que por turno corresponda
 

lor

Nuevo miembro
pues aqui en Madrid, la consignacion esta en un juzgado con autos por despido, con demandante (el trabajador) y demandado la empresa, y bueno, el lunes es la conciliación en el SMAC, con eso te lo digo todo, vamos que no se ha interpuesto demanda todavía. Al trabajador, el Juzgado le ha comunicado que está la indemnización a su disposición. De ahí mi pregunta, como se han incoado autos por la misma materia, si cuando presentemos la demanda, es ya a ese mismo juzgado que ya tiene los autos abiertos por despido en virtud de la consignación de la indemnizacion por la empresa.
 

Raquel GR

Miembro activo
No entiendo lor, si has consignado (digo yo que con reconocimiento de improcedencia y consignas para paralizar salarios y demás) esa consignación no va a ningún juzgado en concreto sino al decano y evidentemente le comunican al trabajador la consignación pero ninguno en concreto... luego cuando hay demanda y se turna, pues el que toque...
 

lor

Nuevo miembro
Ya, a mi tb me ha sorprendido, la consignación de la empresa con el reconocimiento de improcedencia está en el Juzgado n 2, no en el decano, y han incoado autos por despido. LLevo laboral, no mucho y he pensado que igual habia cambiado esto. Por eso, he pensado si era obligatorio interponer la demanda del trabajador en ese mismo juzgado..
 

depaula

Nuevo miembro
Si a mi me paso lo mismo tendrás que informar al juzgado sobre el que recaiga la demanda donde está la consignación y presentar la documentación por supuesto. Pero pueden ser dos distintos si.
 

uxio

Nuevo miembro
El tema de consignacion no esta expresamente regulado y en cada lugar se lo montan como quiere, al parecer es algo que acuerda la junta de jueces o secretarios, que en eso tampoco hay acuerdo.

Evidentemente no interfiere el orden de reparto de los asuntos asi que la demanda, que se interpone en el registro centralizado o en el decanato, se turnara de forma distinta que las consignaciones, que en algunos lugares tambien se turna y en otras lo hace solo el juzgado decano, que tampoco hay en todos sitio.

Tu pon la demanda y ya te llamaran o escribiran dicendo que se hizo la consignacion que si la recoje no interfiere el resultado del pleito.

Te recomiendo la lectura de este articulo sobre el tema : http://www.elasesorlaboral.com/pareceres/ficheros_pareceres/conferencia.pdf
 
Arriba