Buenos días compañer@s!
Me surge una duda sobre una devolución de IT correspondiente a una Determinación de Contingencia. (Es la primera vez que me encuentro con esta casuística)
Tengo que ingresar al trabajador (y en consecuenta solicitar a la mutua) el importe de devolución de IT.
Corresponde a una baja de octubre y noviembre del año 2022. Entiendo que debo de eliminar la nómina que se cálculo (y abonó) en su día y volverla a calcular como accidente, la diferencia es lo que debo abonar al trabajador y solicitar a la mutua. ¿Es correcto? al ser nóminas de año anterior me da un poco de "cosiya" tocarlas sin estar segura que es correcto...
mil gracias como siempre por vuestra ayuda
Me surge una duda sobre una devolución de IT correspondiente a una Determinación de Contingencia. (Es la primera vez que me encuentro con esta casuística)
Tengo que ingresar al trabajador (y en consecuenta solicitar a la mutua) el importe de devolución de IT.
Corresponde a una baja de octubre y noviembre del año 2022. Entiendo que debo de eliminar la nómina que se cálculo (y abonó) en su día y volverla a calcular como accidente, la diferencia es lo que debo abonar al trabajador y solicitar a la mutua. ¿Es correcto? al ser nóminas de año anterior me da un poco de "cosiya" tocarlas sin estar segura que es correcto...
mil gracias como siempre por vuestra ayuda