CONSULTA ERE DE REDUCCIÓN.

PEDRO

Miembro conocido
Empresa, cuyos trabajadores tienen un ERE por reducción de jornada, durante los meses de agosto y septiembre la jornada reducida se acumula solo por las mañanas, tal como acordaron en el acta de acuerdo (el resto del año tienen otro horario donde se distribuye tanto de mañanas como de tardes) que realizan de forma intensiva para "librar" las tardes. Estos horarios fueron comunicados al SEPE también telemáticamente.
Eso, es como digo, lo que tienen acordado en el ACTA DE ACUERDO, pero el empresario (no todos son malos con cuernos y beben azufre) de manera unilateral, les permite realizar una jornada inferior, vamos que si el horario del ERE es de 8 a 14, les ha fijado una jornada inferior de 9 a 13, vamos que le permite entrar mas tarde y salir primero, y que ellos están registrando las dichosas hojas todos los días.
Mi duda y pregunta, entiendo que no tendrían que tener problemas por realizar un horario inferior en la parte trabajada del ERE al fijado en el acta por cuanto que se trata de una condición mas beneficiosa que la empresa les concede. O por contra habría que haber comunicado esto a la autoridad laboral
¿alguien opina?
 

Ro

Miembro activo
Si el empresario le permite realizar de 9 a 13, pero le cotiza y le paga,  tal y como se acordó en ERE de 8 a 14, nada comunicar.
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias Ro, te parecerá tonta la pregunta de lo es tan obvio como es el disfrute de una condición mas beneficiosa para los trabajadores. Pero, y esto es una reflexión, tal cual estamos ahora, con tanto cambio normativo, tanta interpretación, crea inseguridad para los que nos dedicamos al tema laboral.
Esto es una opinión claro.
 

PEDRO

Miembro conocido
Gracias también, Fernando.
Únicamente una confirmación, como os decía, el horario fijado es de 8 a 14, pero en las hojas de registro de jornada los trabajadores indican la jornada real de 9 a 13, ¿sería lo correcto o que indiquen el horario "oficial" independientemente de que después hagan menos?
 
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