Una trabajadora ha cogido la baja por maternidad, pero al 50%. Es decir, trabajará al 50% de la jornada y el otro 50% estará disfrutando de la prestación.
Se va a contratar a una trabajadora para que lo sustituya mediante un contrato de interinidad.
Ahora bien, la cuestión es la siguiente:
¿se puede dar de alta a esta segunda trabajadora al 100% de la jornada pudiéndonos bonificar el 50% de las cuotas a la Seguridad social de ambos contratos?
Muchas gracias.
Se va a contratar a una trabajadora para que lo sustituya mediante un contrato de interinidad.
Ahora bien, la cuestión es la siguiente:
¿se puede dar de alta a esta segunda trabajadora al 100% de la jornada pudiéndonos bonificar el 50% de las cuotas a la Seguridad social de ambos contratos?
Muchas gracias.