Contabilizar recargo pago modelo 111

Arturo39

Miembro
Buenas, si una empresa no pagó en su día el modelo 111 y lo paga luego mas el recargo.
¿Con qué cuenta contable utilizais para contabilizar el pago del recargo?

Gracias.
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo suelo crear cuentas dentro de la 678 llamada "multas y gastos no deducibles".... así tenemos muy claro dónde buscar al cerrar el ejercicio aquellos gastos que no debemos deducir
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
La numeración de las cuentas del PGC por supuesto que es obligatoria, SaviR.

No puedes ponerte a redefinirte las cuentas contables con los números que tú quieras.

En concreto, en este caso de las "multas, recargos y sanciones", es decir los gastos no deducibles "por las vicisitudes diversas de la vida" que hacen no presentar un modelo tributario en el plazo correcto, deben contabilizarse en la cuenta 6785, que es un desglose a nivel de 4 dígitos de la cuenta 678 de gastos extraordinarios y que ya tiene nombre "reglado" en el PGC y que, como he dicho antes, es "multas, sanciones y recargos".

Es muy práctico tener esto en cuenta, sobre todo en el momento de preparar un balance de sumas y saldos a 3 y 4 dígitos para preparar el IS.

Salu2.:cool:
 

SaviR

Miembro activo
La numeración de las cuentas del PGC por supuesto que es obligatoria, SaviR.

No puedes ponerte a redefinirte las cuentas contables con los números que tú quieras.

En concreto, en este caso de las "multas, recargos y sanciones", es decir los gastos no deducibles "por las vicisitudes diversas de la vida" que hacen no presentar un modelo tributario en el plazo correcto, deben contabilizarse en la cuenta 6785, que es un desglose a nivel de 4 dígitos de la cuenta 678 de gastos extraordinarios y que ya tiene nombre "reglado" en el PGC y que, como he dicho antes, es "multas, sanciones y recargos".

Es muy práctico tener esto en cuenta, sobre todo en el momento de preparar un balance de sumas y saldos a 3 y 4 dígitos para preparar el IS.

Salu2.:cool:
Mira a ver si te ENTERAS UN POCO, de lo que dices y si no tienes ni PUÑETERA IDEA, dedícate a otra cosa.

La NUMERACIÓN DEL PGC, la puedes definir cómo te pase por los ….

1763453423163.png
 

Nikki_sp

Miembro conocido
aqui estamos de buen rollo siempre, y a veces venimos a desahogarnos o a dar consuelo, por lo que esta actitud no es compatible con el foro. Lo mismo has tenido un mal dia y has explotado por aqui... pero es facil de arreglar
 

SaviR

Miembro activo
PERDÓN, he dado un ME GUSTA, en este POST por ERROR.

Aún no he visto ningún comentario al tema de que "ES OBLIGATORIA LA NUMERACIÓN DEL PGC".

¿Estoy equivocado?......
 

toni

Miembro conocido
Pues si tanto te molesta, le vuelves a dar al me gusta y desaparece.

La cuestion no es si estas equivocado o no, la cuestion es la contestacion y ahi si que estas equivocado... No se si sabras que se puede borrar, pero haz lo que te de la gana...
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
PERDÓN, he dado un ME GUSTA, en este POST por ERROR.

Aún no he visto ningún comentario al tema de que "ES OBLIGATORIA LA NUMERACIÓN DEL PGC".

¿Estoy equivocado?......
Sin ganas de entrar en polémicas, tú mismo me das la razón al poner la cita "Las partes del PGC que son OBLIGATORIAS son el marco conceptual, las normas de registro y valoración, las normas de elaboración de las CC.AA. y el CUADRO DE CUENTAS".

Esto quiere decir que si el plan fija la cuenta 6785 para las multas, sanciones y recargos, deberías (deberías... sin obligarte con una pistola) utilizarla para contabilizar las multas sanciones y recargos.

La parte NO OBLIGATORIA a la que te puedes referir es, por ejemplo, a la cuenta (o subcuenta) para contabilizar la factura del teléfono: según el PGC este gasto se contabiliza en la cuenta 629, pero el PGC NO TE OBLIGA A UTILIZAR LA SUBCUENTA 629000001, O LA 629000002, etc. o la cantidad de ceros u otros números que debe haber después del 629.

Salu2.:cool:
 
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