CONTRATACION CONYUGE REGIMEN GENERAL

Manuel D.V

Miembro
Buenos días,
Puede un autonomo contratar a su conyuge en regimen general?
Actualmente esta como autonoma colaboradora

Muchas gracias
 

anuskillas

Miembro conocido
A partir del 1 de septiembre del 2023 entiendo que ya no se puede contratar al conyuge, concretamente el boletin red 11/2023 hace referencia a las contratacion que se tenga que aplicar el vinculo de parentesto con las claves I,J y K
 

CHARO

Miembro conocido
A partir del 1 de septiembre del 2023 entiendo que ya no se puede contratar al conyuge, concretamente el boletin red 11/2023 hace referencia a las contratacion que se tenga que aplicar el vinculo de parentesto con las claves I,J y K
Pero esto tan solo se refiere a las bonificaciones no?
 

anuskillas

Miembro conocido
Yo entiendo que aparte de que quedan suprimidas las bonificaciones para contratacion indefinida de todos los parientes hasta 2 grado consanguimidad o afinidad, en el caso del conyugue va de cajón a autónomo colaborador, salvo mejor opinión.
 

Pau2801

Miembro activo
Ni con bonificación ni sin ella.
Contratar al cónyuge, y darlo de alta en el RG , siempre ha sido motivo para ACTA DE INSPECCIÓN , en la que se encuadra al cónyuge en el RETA y se procede a la devolución de cuotas RG y cotización con recargo en el RETA ( 4 años máx) .
 
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