Contratar Hijo

MJ1977

Miembro activo
Hola,

Tengo el siguiente planteamiento:

Sociedad Limitada
2 socios: 50%-50% ( autónomos)
1 de ellos Administrador

Pregunta: Puedo contratar al hijo del administrador ( hay convivencia) en el Régimen General? o va al RETA?
 

aprendiz

Miembro
Si hay convivencia va al RETA.

Ya que la suma de los capitales sociales de los familiares socios con quien convive alcanza el 50%.

Un saludo.
 

MJ1977

Miembro activo
Gracias!!!

Mi cliente insiste en que se puede contratar en el Régimen General a su hijo, que muchos conocidos suyos lo tienen así, pero no lo veía nada claro.

El hijo es menor de 30 años, no existe ninguna posibilidad de incluirlo en el Régimen General no?
 

lledo

Miembro
Yo intente contratar a un hijo menor de 30 años para una comunidad de bienes y me vino denegado, al decirles que las CB no tienen personalidad jurídica me dijeron que para unos casos no y para otros sí como es este.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Erfectivamente, una sociedad no puede contratar como si fuera un autónomo, porque son personas diferentes. En cuanto a la CB, estoy con el criterio de TGSS: una CB no es más que una sociedad de autónomos, no uno solo.
 
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