Contrato 410 - Duda

mcr

Miembro
Hola compis,
Os traslado una duda ya que nunca se me ha dado el caso hasta ahora:
He tenido que hacer un 410 Interinidad para cubrir la baja de IT de un trabajador. El caso es que el trabajador contratado con el 410 no va a cubrir directamente el puesto de la persona en IT, sino que va a cubrir el puesto de otra persona de la empresa, que es el que va a sustituir a la persona en IT.
¿Esto se puede hacer?
Si es así, en el contrato del interino, tengo que indicar cómo persona sustituida a la persona en IT (que entiendo que es el hecho causante de la interinidad)? ¿O tengo que indicar el nombre del otro trabajador, que va a sustituir a la persona de IT?
Me parece un intringulis y no quiero hacer algo mal...

Gracias de antemano!
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Yo los de interinidad siempre el trabajador que sustituye identificado, misma categoria profesional y salario( salvo complementos como antiguedad etc..) luego las tareas si se adaptan a la situación, depende que tipo de labor es muy dificil que un interino sea capaz o pueda llevar a cabo las mismas tareas
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, antes, con la antigua regulación, era posible. Entiendo que, aquí, se permite aún los contratos interinos hasta el 30-3-2022 y sin el límite de 6 meses en este caso. Artículo 4.2.a del RD 2720/1998, en vigor hasta el 30-3-2022.

a) El contrato deberá identificar al trabajador sustituido y la causa de la sustitución, indicando si el puesto de trabajo a desempeñar será el del trabajador sustituido o el de otro trabajador de la empresa que pase a desempeñar el puesto de aquél.
 
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