CONTRATO CHOFER POR UN PARTICULAR EN REGIMEN GENERAL

ANAGARGON

Miembro activo
Hola a todos! a ver si me podéis echar una mano, nos ha llegado una "empresa" al despacho que realmente no lo es, se trata de un particular que tiene un CCC en Régimen General con CNAE 9700 "Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico", no hay actividad económica por supuesto y tiene contratado a un chofer para que le lleve y le traiga, con su contrato registrado, tiene nomina mensual y no hace 111 ni 190. Es la primera vez que veo esta contratación en régimen general por un particular. ¿Esta situación es correcta ?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Sí, es un caso especial de régimen del hogar, los chóferes, que estaban y están en régimen general.
Al contrario que "las criadas" y demás personal del servicio, que tenían un pésimo sistema especial, a los chóferes se los integró en el RG, pero con el hogar familiar como empleador y "empresario titular". Así tenían paro, y una mejor pensión.
Cosas de los viejos tiempos nada inclusivos ni igualitarios.
 

ANAGARGON

Miembro activo
Muchísimas gracias! Es el primer caso que veo y no entendía nada, porque también hay empleada de hogar.... nada igualitario cómo bien dices. Eres un libro abierto!!!! Gracias de nuevo.
 

ANAGARGON

Miembro activo
Si tiene un jardinero, pero esta contratado en Régimen de Empleados de Hogar igual que la persona que les ayuda en casa con tareas domésticas. El único que está Régimen General con el CNAE 9700 es el chofer.
 

africallora

Miembro conocido
Si tiene un jardinero, pero esta contratado en Régimen de Empleados de Hogar igual que la persona que les ayuda en casa con tareas domésticas. El único que está Régimen General con el CNAE 9700 es el chofer.

El CNAE 9700 es Regimen general, (Sistema especial)

No es Régimen especial.
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PS. con este CNAE solo se puede contratar personal con CNO 9100, tenga el oficio que tenga, mientras lo necesites para dicha actividad económica, ¿de eso estamos hablando verdad?
 
Última edición:

Bruma

Miembro activo
Mi más sincera gratitud, Cachili, no solo por que eres capaz de conseguir la información veraz y precisa, que el que más y el que menos también la podríamos buscar con mayor o menor éxito, pero ante todo es de agradecer tu disposición y voluntad de echar una mano ahí donde se demanda.
 

africallora

Miembro conocido
Lo subo para para aquellos que deseen poner en los contratos, con precisión y sin temor, la profesión del Empleado Doméstic@. Haciendo hincapié en la verdadera función que este vaya a realizar.

* Emplead@ del Hogar o Empleado doméstico (como nomenclatura genérica)

O si desea ubicarle con algún oficio en particular:

* Cocinero, niñera, mayordomo, jardinero, chofer… o cualquier otro oficio que tenga cabida dentro de dicha actividad laboral.

Saludos.
 

Archivos adjuntos

  • BOE-A-2011-17975-consolidado.pdf
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ANAGARGON

Miembro activo
Tendremos que dar de baja al chofer en CCC de Régimen General y darlo de alta en de CCC de Sistema Especial para Empleados de Hogar. Gracias de nuevo.
 
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