Lo se, pero realmente no ha habido un incremento de nada que pueda justificar un contrato temporal , y realmente si que necesitan seleccionar a alguien para cubrir la vacante que ha dejado la persona que se ha ido.
Pero entonces es por un "por si cuela, cuela", poco más podemos decir.
Pero si, teniendo eso claro, optas por este (pero tendrás que indicar que se trata de cubrir temporalmente el periodo durante el que se prologue el proceso de selección), pues si, máximo 3 meses.
Y bueno, imagino que ya has advertido a quien corresponda, que si no hay proceso de selección para cubrir definitivamente la vacante, será un contrato realizado en fraude de ley, ¿no?
No sé que seguimiento puede haber a posteriori, sobre la cobertura real de vacantes en las que de ha utilizado este tipo de contrato durante el proceso de selección.