Buenas tardes. Me estoy volviendo loca y no acabo de tener claro como enforcar el tema. Tengo que hacer un contrato de relación de carácter especial de abogados que trabajan en despachos de abogados, eventual y parcial, y no tengo muy claro si a la hora de dar de alta al trabajador en Seguridad Social puedo hacerlo con un tipo de contrato 502,o tengo que comunicar un 990 (otros contratos) o no es necesario poner tipo de contrato porque ya entro la clave RLCE. Alguien puede ayudarme???