Quiero hacer un contrato de formacion y cumple todos los requisitos, pero llego al apartado de calcular el nivel de plantilla y..¡ Surge la duda!
La ley me remite al art.10.5, pero me pregunto yo... Si hablamos de contratos en formación en el art.11.2 no nos habla de PROMEDIO DIARIO DE TRABAJADORES CON CONTRATOS INDEFINIDOS, unicamente de INCREMENTO DE PLANTILLA DE LA EMPRESA, entonces no es lo mismo a la hora de calcular el incrementos en los contratos de formación. En uno se toman tiene en cuenta los trabajadores indefinidos y en otro la plantilla total de la empresa ¿ Estais conmigo o teneis distinta opinión?
La ley me remite al art.10.5, pero me pregunto yo... Si hablamos de contratos en formación en el art.11.2 no nos habla de PROMEDIO DIARIO DE TRABAJADORES CON CONTRATOS INDEFINIDOS, unicamente de INCREMENTO DE PLANTILLA DE LA EMPRESA, entonces no es lo mismo a la hora de calcular el incrementos en los contratos de formación. En uno se toman tiene en cuenta los trabajadores indefinidos y en otro la plantilla total de la empresa ¿ Estais conmigo o teneis distinta opinión?