contrato de interinidad bonificado

dbox

Miembro
Hola a todos, el caso es el de una autonoma que va a disfrutar el descanso por maternidad y tiene previsto contratar a un trabajador para sustituir dicha baja.

El contrato que se va a hacer al trabajador será de interinidad bonificado, de forma que se bonifique la cuota empresarial del contrato y a su vez la cuota de autónomo.

La cuestión es que la persona que va a contratar para sustuir a la autónoma es su pareja de hecho y futuro padre de la criatura. No están inscritos como pareja de hecho pero sí empadronados en el mismo domicilio desde haces menos de cuatro años.

Como excepción para acogerse a las bonificaciones tanto del contrato como de la cuota de autónomo, es que el trabajador sustituto no sea ni su conyuge ni familiar hasta segundo grado, nada dice de las parejas de hecho.

En este caso, ¿veis factible hacerlo de esta forma o se puede interpretar que es una maniobra fraudulenta?.

Saludos.
 

Clo

Nuevo miembro
Hombre, pues es un poco complicadillo,...
Legalmente sí se puede, ya que cumple con lo que estrictamente establece la ley,
Por otro lado, de facto, sí que son pareja y podría llegar a equipararse a matrimonio, pero mientras no cambie la ley pienso que no podrían denegártelo.
Saludos,
 

dbox

Miembro
Gracias Clo por tu respuesta, pienso igual que tú, aunque dá un poco de yuyu ya que en la práctica son practicamente un matrimonio, de hecho van a tener un hijo!!.

Por otro lado, el hecho de no estar empadronados 5 años y no estar registrado como pareja de hecho me tranquiliza, en el sentido de que si quisiera darle de alta como colaborador familiar no sería posible, ni la Tesorería lo adminitiría, por tanto, se entiende que la relación es puramente laboral, esté bonificado o no el contrato.

Para compliar más la cosa, está también el tema de la paternidad, ya que se dá la circusntancia de que el padre va a cumplir el requisito de estar de alta en el momento del parto pero contratado por la madre, lo cual aunque con la ley en la mano sería posible, como he comentado antes antes dá un poco de yuyu, la verdad.

Gracias de nuevo.

Un saludo.
 

gesfi

Nuevo miembro
Hola, yo tengo un caso identico, y estoy en las mismas, pero en mi caso es una sociedad y administradora unica la madre, tambien son pareja de hecho sin registrar, y pensaba hacer lo mismo.
Pero la duda esta en la paternidad, podria hacerse a tiempo parcial? porque si estas sustituyendo a un autonomo, te vas 15 dias y quien queda?
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, para la paternidad deberás coger a otro diferente.... En este caso de circustancias, no de internidad. Y, sí, podría ser a tiempo parcial, en éste caso.
 

dbox

Miembro
Hola, gracias a todos por vuestros comentarios, en relación al tema de la paternidad creo que voy a recomendar al cliente que no la solicite ya que, como bien deciis, si se va de paternidad 15 días ¿quien se queda en el negocio? Al final va a tener que contratar a alguien y le va a salir más caro el collar que el perro.

Además, en este supuesto tan retorcido no quiero rizar mucho el rizo no vaya a ser que al final salten las alarmas.

Saludos.
 
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