Hola a todos, el caso es el de una autonoma que va a disfrutar el descanso por maternidad y tiene previsto contratar a un trabajador para sustituir dicha baja.
El contrato que se va a hacer al trabajador será de interinidad bonificado, de forma que se bonifique la cuota empresarial del contrato y a su vez la cuota de autónomo.
La cuestión es que la persona que va a contratar para sustuir a la autónoma es su pareja de hecho y futuro padre de la criatura. No están inscritos como pareja de hecho pero sí empadronados en el mismo domicilio desde haces menos de cuatro años.
Como excepción para acogerse a las bonificaciones tanto del contrato como de la cuota de autónomo, es que el trabajador sustituto no sea ni su conyuge ni familiar hasta segundo grado, nada dice de las parejas de hecho.
En este caso, ¿veis factible hacerlo de esta forma o se puede interpretar que es una maniobra fraudulenta?.
Saludos.
El contrato que se va a hacer al trabajador será de interinidad bonificado, de forma que se bonifique la cuota empresarial del contrato y a su vez la cuota de autónomo.
La cuestión es que la persona que va a contratar para sustuir a la autónoma es su pareja de hecho y futuro padre de la criatura. No están inscritos como pareja de hecho pero sí empadronados en el mismo domicilio desde haces menos de cuatro años.
Como excepción para acogerse a las bonificaciones tanto del contrato como de la cuota de autónomo, es que el trabajador sustituto no sea ni su conyuge ni familiar hasta segundo grado, nada dice de las parejas de hecho.
En este caso, ¿veis factible hacerlo de esta forma o se puede interpretar que es una maniobra fraudulenta?.
Saludos.