Contrato de sustitución de relevista.

nitritos

Nuevo miembro
Una trabajadora con contrato de relevo ha pedido excedencia especial por cuidado de hijos por 3 meses. Hemos procedido a hacer contrato de sustitución de esta trabajadora, pero el INSS nos comunica que se debe hacer contrato de relevo en lugar de sustitución, porque de lo contrario el jubilado parcial queda sin relevista y nos reclamarían reintegro. ¿Es posible hacer un contrato de relevo por 3 meses solamente?
 

FERNANDO

Miembro conocido
En principio, no tendría problema en que el contrato fuera por interinidad, pues la finalidad se mantendría (mantener el empleo). Ahora bien, si en el INEM están más contentos, pon haz otro contrato de relevo con cláusula extintiva (la reincorporación del primer trabajador)... Y todos contentos.
 

nitritos

Nuevo miembro
Muchas gracias Fernando. Es el INSS el que se empeña en que en afiliación de TGSS conste un contrato de relevo, en lugar de contrato de sustitución que es la naturaleza real de este hecho. Así haré, contrato de relevo con cláusula extintiva.
 
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