Contrato de sustitución por embarazo de riesgo elimina opción de bonificación por maternidad?

fundación

Miembro conocido
Hoy no paro. Hay un trabajador con contrato de sustitución de una tjdora. en baja por IT (embarazo de riesgo).

Entiendo que sí que excluye la bonificación del futuro contrato de sustitución de maternidad, al no ser supuesto del art. 17 del RD cuando éste se modificó hace unos meses ¿verdad? (no excluye si hubiera sido sustitución por riesgo durante embarazo).

Y si así fuera (sin bonificación), no es necesario hacer baja SS y un nuevo alta, tan solo registrar el contrato de sustitución no bonificado. ¿Vale así verdad?
 
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MarLo

Miembro conocido
Hoy no paro. Hay un trabajador con contrato de sustitución de una tjdora. en baja por IT (embarazo de riesgo).

Entiendo que sí que excluye la bonificación del futuro contrato de sustitución de maternidad, al no ser supuesto del art. 17 del RD cuando éste se modificó hace unos meses ¿verdad? (no excluye si hubiera sido sustitución por riesgo durante embarazo).

Y si así fuera (sin bonificación), no es necesario hacer baja SS y un nuevo alta, tan solo registrar el contrato de sustitución no bonificado. ¿Vale así verdad?
hola, no entiendo muy bien la duda... intuyo que es que ahora va a sustituir una baja IT enfermedad común... y quieres saber si cuando toque la sustitución por baja de maternidad se puede bonificar... ¿es correcto?

Hubo muchas dudas, al principio no rotundo, luego modificación de la 01/2023 con muchas dudas... yo al principio interpretaba que ese cambio normativo estaba sólo pensado para poder bonificar sustitución de riesgo (el de la baja con la Mutua colaboradora) y luego maternidad ... pero salieron nuevas aclaraciones al cambio del artículo 17 diciendo que sí... que se puede bonificar al mismo trabajador aunque previamente estuviese con un contrato temporal de sustitución de la IT enfermedad común. Para eso deberá ser menor de 30, y entre un contrato de sustitución de la IT EComún (no bonificado), y de sustitución por la maternidad (bonificado)... pasar por el paro...

échale un ojo a este hilo

 

fundación

Miembro conocido
Ya, pero aquí ha sido una baja por IT CC, y además me dicen que el trabajador ni siquiera era desempleado en aquel momento.
 

MarLo

Miembro conocido
Ya, pero aquí ha sido una baja por IT CC, y además me dicen que el trabajador ni siquiera era desempleado en aquel momento.
sí, precisamente... baja por IT CC, al acabar esta baja, cuando se produzca el nacimiento, acaba contrato, mandas al trabajador al paro, y si es menor de 30 lo vuelves a contratar con la bonificación. En el hilo que dejé arriba hay una consulta del Colegio de Graduados Sociales de Valencia al SEPE, y la respuesta del sepe va en esta línea. Un saludo
 
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