Contrato de sustitución por I.T.

Iker

Miembro
Buenos días compañeros,

Imaginaros un trabajador de baja por I.T. derivada de enfermedad común. Se contrata a un segundo trabajador para sustituir ese proceso de incapacidad. Al cabo de un tiempo, este segundo trabajador cae enfermo. Por lo tanto, se contrata a un tercer trabajador para sustituir la baja. Dicho esto, al primer trabajador le dan el alta por curación. Entiendo que automáticamente se extinguen los contratos del trabajador que se encuentra de baja, y que pasará a pago directo con la mutua, y también el del tercer trabajador contratado. Todo ello debido a que la reserva de puesto de trabajo opera sobre los contratos de sustitución por interinidad, independientemente de que el segundo trabajador se encuentre de baja.

Vaya rollo !!!. ¿Lo veis así?. ¿Algo que objetar?

Saludos y gracias anticipadas.
 
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