Contrato después de prácticas extracurriculares

Osili22

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Buenos días,

Tenemos un chico en la empresa que finaliza en breve las prácticas extracurriculares que venía haciendo. La cuestión está que se le quiere contratar, y la titulación que corresponde con las prácticas en un Máster en una Ingeniería de Diseño. Nuestro convenio es el de comercio metal de Valencia.

Tenemos las siguientes dudas:

- Al haber estado más de 3 meses en la empresa de prácticas extracurriculares, ¿Podría hacerse un contrato para la obtención de la práctica profesional? ¿Quizá en lugar de poner el Máster como titulación en el contrato, poner la Ingeniería (El grado)?
- Si fuera que sí la anterior cuestión, ¿la duración sería 6 meses + 6 meses de prorroga y luego indefinido?
- ¿La retribución cuánto sería?¿Lo que estipule convenio para esa categoría?

En el caso de que no se pudiera y tuviéramos que contratarlo de forma indefinida, ¿Se le podría contratar en un grupo profesional por debajo de su titulación? Ejemplo:
- "Programador de ordenadores" en lugar de "Ingeniero, licenciados" - Puede sonar algo "pirata" por parte de mi empresa, pero con todas las subidas de convenio, la diferencia es abismal, empieza a costar llegar a final de mes.

Gracias...
 

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Buenos días,

Tenemos un chico en la empresa que finaliza en breve las prácticas extracurriculares que venía haciendo. La cuestión está que se le quiere contratar, y la titulación que corresponde con las prácticas en un Máster en una Ingeniería de Diseño. Nuestro convenio es el de comercio metal de Valencia.

Tenemos las siguientes dudas:

- Al haber estado más de 3 meses en la empresa de prácticas extracurriculares, ¿Podría hacerse un contrato para la obtención de la práctica profesional? ¿Quizá en lugar de poner el Máster como titulación en el contrato, poner la Ingeniería (El grado)?
- Si fuera que sí la anterior cuestión, ¿la duración sería 6 meses + 6 meses de prorroga y luego indefinido?
- ¿La retribución cuánto sería?¿Lo que estipule convenio para esa categoría?

En el caso de que no se pudiera y tuviéramos que contratarlo de forma indefinida, ¿Se le podría contratar en un grupo profesional por debajo de su titulación? Ejemplo:
- "Programador de ordenadores" en lugar de "Ingeniero, licenciados" - Puede sonar algo "pirata" por parte de mi empresa, pero con todas las subidas de convenio, la diferencia es abismal, empieza a costar llegar a final de mes.

Gracias...
Hola,

Te doy mi opinión:
1.-Yo entiendo que sí puedes hacer un contrato de prácticas ya que anteriormente no ha estado contratado por la empresa por esa titulación ya que anteriormente, mientras realizaba las prácticas extracurriculares entiendo todavía no tenía la titulación y no existía relación laboral con la empresa. " No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la empresa por un tiempo superior a tres meses, sin que se computen a estos efectos los periodos de formación o prácticas que formen parte del currículo exigido para la obtención de la titulación o certificado que habilita esta contratación".
No obstante, las empresas podrán concertar contratos para la obtención de la práctica profesional con personas que hubieran ocupado el mismo puesto de trabajo mediante un contrato formativo previo, siempre y cuando no se haya alcanzado el máximo previsto en el siguiente artículo, en cuyo caso podrá concertarse por el periodo restante hasta alcanzar dicho máximo.
Ninguna persona podrá ser contratada en la misma o distinta empresa por tiempo superior a los máximos previstos, en virtud de la misma titulación o certificado profesional.

A estos efectos , los títulos de grado, máster y doctorado correspondientes a los estudios universitarios no se considerarán la misma titulación, salvo que al ser contratada por primera vez mediante un contrato para la obtención de práctica profesional la persona trabajadora estuviera ya en posesión del título superior de que se trate.

2.-Si el convenio lo permite, no veo problema 6 meses + 6 de prórroga

3.-Si las tareas a realizar corresponden a un grupo profesional inferior, no veo problema pero siempre y cuando las tareas sean esas y no de una categoría superior.
 
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