Hola a tod@s!!
Os comento el caso a ver qué opináis:
Trabajador con antigüedad en la empresa de agosto 2010, contrato de Discapacidad a Tiempo Parcial.
Dicho contrato se ha ido prorrogando hasta agosto 2013 en que se ha transformado a indefinido.
En el mes de septiembre el trabajador remite parte de baja por Incapacidad Temporal a la empresa , y con fecha octubre 2013 remite a la empresa REsolución de fecha 23/10/2013 por la q se le reconoce con efectos económicos de 22/10/2013 la Prestación por Incapacidad Permanente en su Grado de Total.
También pone, en dicha resolución lo siguiente :
Fecha a partir de la cual se puede instar revisión por agravamiento o mejoría: 09/2015
No se prevé que la situación de Incapacidad vaya a ser objeto por mejoría, q permita reincorporación antes de dos años.(Art. 48 2 ET)
Una vez que la empresa tuvo dicha resolución, que fue el 30/10/2013, se procedió a tramitar la baja del trabajador en la Seguridad Social, siendo la causa de la baja pase a jubilación.
Se le finiquitó, liquidando vacaciones y la parte de paga extra, liquidación q el trabajador al firmar puso no conforme.
Y a día de hoy la empresa ha recibido papeleta de conciliación del trabajador que reclama DESPIDO IMPROCEDENTE...
Y DIGO YO, como va a reclamar por despido, si se le ha dado de baja por algo que él mismo ha movido, la empresa no tenía ninguna intención de despedir y por otro lado acaso es que le corresponde alguna indemnización????
POr favor decirme vuestra opinión, estoy equivocada??????
Q reclama????
NO ENTIENDO NADA, POR FAVOR DECIRME VUESTRA OPINIÓN, QUIZÁS ESTOY EQUIVOCADA.
Os comento el caso a ver qué opináis:
Trabajador con antigüedad en la empresa de agosto 2010, contrato de Discapacidad a Tiempo Parcial.
Dicho contrato se ha ido prorrogando hasta agosto 2013 en que se ha transformado a indefinido.
En el mes de septiembre el trabajador remite parte de baja por Incapacidad Temporal a la empresa , y con fecha octubre 2013 remite a la empresa REsolución de fecha 23/10/2013 por la q se le reconoce con efectos económicos de 22/10/2013 la Prestación por Incapacidad Permanente en su Grado de Total.
También pone, en dicha resolución lo siguiente :
Fecha a partir de la cual se puede instar revisión por agravamiento o mejoría: 09/2015
No se prevé que la situación de Incapacidad vaya a ser objeto por mejoría, q permita reincorporación antes de dos años.(Art. 48 2 ET)
Una vez que la empresa tuvo dicha resolución, que fue el 30/10/2013, se procedió a tramitar la baja del trabajador en la Seguridad Social, siendo la causa de la baja pase a jubilación.
Se le finiquitó, liquidando vacaciones y la parte de paga extra, liquidación q el trabajador al firmar puso no conforme.
Y a día de hoy la empresa ha recibido papeleta de conciliación del trabajador que reclama DESPIDO IMPROCEDENTE...
Y DIGO YO, como va a reclamar por despido, si se le ha dado de baja por algo que él mismo ha movido, la empresa no tenía ninguna intención de despedir y por otro lado acaso es que le corresponde alguna indemnización????
POr favor decirme vuestra opinión, estoy equivocada??????
Q reclama????
NO ENTIENDO NADA, POR FAVOR DECIRME VUESTRA OPINIÓN, QUIZÁS ESTOY EQUIVOCADA.