Contrato Discapacitados -¿Devolución bonificaciones/subvenciones por ERE?

leguleyo

Nuevo miembro
Una empresa se plantea contratar un discapacitado. Bonificaciones y subvenciones a tutiplén.

La duda la tengo en caso de Despido Objetivo Procedente. ¿Habría que devolverlo todo?

El art. 10 del RD 1451/1986 dice:

Las Empresas beneficiarias están obligadas a mantener la estabilidad en el empleo de los trabajadores contratados al amparo de la presente disposición por un tiempo mínimo de tres años, no pudiendo despedir sin causa justificada a estos trabajadores, y, en caso de despido procedente, deberán sustituirles por otros trabajadores minusválidos, beneficiándose en este caso solamente de la bonificación de la cuota de la Seguridad Social por los sustitutos.

El incumplimiento por las Empresas beneficiarias de estas condiciones supondrá la obligación de reintegrar al Tesoro las cantidades percibidas.


Si la empresa le despide y cierra (es el único trabajador) porque los números no salen... ¿hay que devolver todo? Leyendo este artículo entiendo que sí, al no sustituir al trabajador. ¿Pensáis lo mismo?
 

Alfrez

Nuevo miembro
Yo también lo veo así a tenor del literal de la ley pero entiendo que habría/hay/debe haber una cierta manga ancha en una situación de cierre porque no sería más que incrementar el saldo de la deuda y ya será para la propia TGSS un problema cobrar lo que le adeude de cotización general ya que seguro que ésta figura entre la relación de acreedores
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que en caso de cierre de empresa no habría oblibación de sustitución, tal como ocurre con los contratos de relevo.
 
V

val2005

Guest
Las subvenciones esta bastante claro que habría que devolverlas, pero ¿y las bonificaciones?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo creo que se puede aplicar la doctirna del TS por analogía respecto a los contratos de relevo; en caso de cierre de empresa, desaparece la obligación legal de sustutición.
 

Iker

Miembro
Cuestión interesante....

Yo he tenido un caso de amortización de puesto de trabajo de minusválido y, de momento, no se ha sustituido y no se ha devuelto las bonificaciones ni las han reclamado. En caso de despido del único trabajador por cierre, no se yo el criterio que pueden tener. Lo que está claro es la redacción da lugar a varias interpretaciones.
 
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