Contrato DJ

luca2020

Miembro
,Buenas tardes. Igual alguno controla el tema y me podría ayudar. Un cliente que trabaja como ilusionista va a contratar a un DJ para un show.
,He visto en el convenio colectivo, que el DJ es del grupo B, en este caso, qué grupo de cotización sería ( grupo 7,8,9....)? . No entiendo muy bien eso de grupo A,B....).

Muchas gracias. Un saludo.
 

luca2020

Miembro
Hola de nuevo. Alguno sabría decirme que categoría profesional sería un Disc Jockey por ejemplo para una verbena de un pueblo.

Gracias.
 

Cachilipox

Miembro conocido
En artistas, el grupo 4 es para:
Decoradores, escenógrafos de espectáculos en vivo, eventos y audiovisuales, diseñadores de maquinaria escénica, directores de sonido, directores de iluminación, directores de sastrería.

En cambio, el grupo 3 es para:
Actores, cantantes líricos y de música ligera, caricatos, animadores de salas de fiesta, bailarines, músicos y artistas de circo, variedades y folklore.
 

Lola C.

Nuevo miembro
Buenas tardes! Al hilo de los grupos de cotización: Técnico de sonido, intento darlo de alta desde el dia 04/05/2023 y aún no lo he conseguido. La última corrección de errores me dice que el GC (03) no se corresponde con la categoría (6100523). Lo he modificado al GC 05, y me contestan en SILTRA que "creen" que debería ser el 02. ¿Alguien que haya dado de alta algún técnico Reg Artistas y que haya pasado por aquí? Además me dicen que no puedo poner el CNO y por SILTRA me dicen que "creen" que debo poner el CNO 3739, que es que venia poniendo. Gracias por vuestra ayuda.
 

Cachilipox

Miembro conocido
La CATEGORÍA PROFESIONAL 6100523 Técnicos de sonido, por su titulación (Técnico Superior en Sonido para Audiovisuales y Espectáculos), sí que correspondería un grupo de cotización 2, en caso de ir a régimen general.
(Sería el caso, por ejemplo, de un centro educativo grande, con sus sistemas informáticos, aulas virtuales, megafonía, etc etc, que en lugar de tirar de ingeniero de telecomunicaciones, lo solventara mediante técnicos superiores).

Pero si estamos en Artistas, la cosa tiene su propia lógica y peculiaridades, en base a las "jerarquías históricas".
Y en Artistas, los técnicos de sonido, con independencia del rango académico de su titulación, se encuadran en el grupo 5
1683638162240.png
El CNO para técnicos de sonido, si es en espectáculos sería ese que te indican, el CNO 3739, y si es en grabaciones audiovisuales, sería CNO 3831.
 

Lola C.

Nuevo miembro
La CATEGORÍA PROFESIONAL 6100523 Técnicos de sonido, por su titulación (Técnico Superior en Sonido para Audiovisuales y Espectáculos), sí que correspondería un grupo de cotización 2, en caso de ir a régimen general.
(Sería el caso, por ejemplo, de un centro educativo grande, con sus sistemas informáticos, aulas virtuales, megafonía, etc etc, que en lugar de tirar de ingeniero de telecomunicaciones, lo solventara mediante técnicos superiores).

Pero si estamos en Artistas, la cosa tiene su propia lógica y peculiaridades, en base a las "jerarquías históricas".
Y en Artistas, los técnicos de sonido, con independencia del rango académico de su titulación, se encuadran en el grupo 5
Ver el archivos adjunto 1542
El CNO para técnicos de sonido, si es en espectáculos sería ese que te indican, el CNO 3739, y si es en grabaciones audiovisuales, sería CNO 3831.
Muchas gracias, Cachilipox. Lo mismo pienso yo, pero Casia no opina igual... Respecto al CNO creo que no hay que ponerlo pq ya ponemos la categoria profesional, pero como estoy pendiente de la resolución del alta ya comentaré para que estemos al tanto del criterio de TGSS.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Yo esas informaciones las he sacado de la propia web de la SS, así como de algún que otro BNR, en concreto, el 4/2022 (bastante reciente).

CASIA ya veremos.
A veces responde el becario, a veces una especie de ChatGPT, y a veces, un funcionario real con experiencia y conocimiento (ojalá te toque la tercera opción).
 
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