Yo sigo perdida...
La ley establece que los contratos de empleados de hogar se regularán según lo regulado en el e.t. (art. 6 rd1620/11)
En la D.T.1ª dice que lo establecido en el artículo 5 (forma del contrato) únicamente será de aplicación para los nuevos contratos.
Me he metido en la página del ministerio, y veo que los modelos de contrato que cuelgan para empleados de hogar son: indefinidos (100-200)o de obra o servicio determinado (401-501) / interinidad (410-510)
-¿Obra o servicio determinado para un empleado de hogar???¿Cómo se come eso? ¿Duración?¿Se pueden hacer prórrogas periódicas, como antes?¿Y no se pueden utilizar contratos eventuales??? (y en este caso, podrían ser como máximo de 6 meses??)
Tengo dos casos, y no se que tengo q hacer con ellos:
- Caso 1: Un empleado de hogar con antiguedad de 2009, con prórrogas cada 6 meses. Ahora le tendría que hacer nueva prórroga, y no se que es lo que le tengo que hacer. En el inem ya me confirmaron que no lo tengo q registrar x contrat@, que lo tengo q presentar en tgss. Pero ¿puedo seguir haciéndole prórrogas de 6 meses en 6 meses, como hasta ahora?¿Puedo seguir utilizando el modelo que utilizaba hasta ahora (no oficial)?
- Caso 2: Un empleado de hogar con antigüedad de agosto 2011, que ahora pasará al nuevo sistema (abril 2012). El contrato es de 12 meses (hasta agosto 2012), y NO está registrado en contrat@ ¿qué hago?¿qué presento en tgss? ¿el contrato en vigor (no registrado y en modelo NO oficial?
Gracias y saludos,
La ley establece que los contratos de empleados de hogar se regularán según lo regulado en el e.t. (art. 6 rd1620/11)
En la D.T.1ª dice que lo establecido en el artículo 5 (forma del contrato) únicamente será de aplicación para los nuevos contratos.
Me he metido en la página del ministerio, y veo que los modelos de contrato que cuelgan para empleados de hogar son: indefinidos (100-200)o de obra o servicio determinado (401-501) / interinidad (410-510)
-¿Obra o servicio determinado para un empleado de hogar???¿Cómo se come eso? ¿Duración?¿Se pueden hacer prórrogas periódicas, como antes?¿Y no se pueden utilizar contratos eventuales??? (y en este caso, podrían ser como máximo de 6 meses??)
Tengo dos casos, y no se que tengo q hacer con ellos:
- Caso 1: Un empleado de hogar con antiguedad de 2009, con prórrogas cada 6 meses. Ahora le tendría que hacer nueva prórroga, y no se que es lo que le tengo que hacer. En el inem ya me confirmaron que no lo tengo q registrar x contrat@, que lo tengo q presentar en tgss. Pero ¿puedo seguir haciéndole prórrogas de 6 meses en 6 meses, como hasta ahora?¿Puedo seguir utilizando el modelo que utilizaba hasta ahora (no oficial)?
- Caso 2: Un empleado de hogar con antigüedad de agosto 2011, que ahora pasará al nuevo sistema (abril 2012). El contrato es de 12 meses (hasta agosto 2012), y NO está registrado en contrat@ ¿qué hago?¿qué presento en tgss? ¿el contrato en vigor (no registrado y en modelo NO oficial?
Gracias y saludos,