Contrato eventual para sustituir baja médica

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
¿Veríais correcto formalizar el nuevo contrato por circunstancias de la producción 15.2 para substituir a una persona trabajadora en situación de baja médica de larga duración?
Por ejemplo, un camarero que se rompe una pierna y estará 4 meses de baja. ¿Sería posible un 402 por ser una situación "incremento ocasional e imprevisible de la actividad y las oscilaciones, que aun tratándose de la actividad normal de la empresa, generan un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el que se requiere"
Gracias
Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Es que directamente es el que has de hacer: art. 15.3 del Estatuto: contrato de duración determinada para sustituir a personas con derecho a reserva de puesto de trabajo. 15.3, no 15.2
 

FERNANDO

Miembro conocido
No tengo ni idea de cómo está numerado el contrato de duración determinada para sustituir a persona con reserva del puesto de trabajo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ahora no se llama interinidad, es contrato de duración determinada para sustituir a personas con reserva puesto de trabajo. Ya no se llama interinidad.
 

BELEN

Miembro conocido
Yo acabo de comunicar un alta para el 01/04 con código 410 y sin mayor problema, y en el IDC sigue poniendo "Dur. Dererminada Tiempo Compl. Interinidad"
 

Darmody

Miembro activo
He consultado esto en Casia y me han contestado " no tenemos nuevas instrucciones con respecto a los contratos de interinidad". Así que supongo que todo sigue igual, con el 410...
 

BELEN

Miembro conocido
Y en el SEPE sigue todo igual también, 410 y denominación "interinidad", asique ni siquiera se han molestado en pasar de Pepita a Josefina como dice Argi .... ¿paqué molestarse ni en hacerlo ni en informar si ya perderán el tiempo en sacar conclusiones los demás....?
 
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