Contrato Eventual Parcial

Gorilez

Nuevo miembro
Hola a tod@s!!

Trabajador que se le da de alta en un contrato eventual parcial de 3 días solamente. Trabaja de jueves a sábado, 4, 5 y 6 horas respectivamente cada día.

Mi duda. Al comunicar el contrato que creéis que es más correcto:

1. En el contrato comunicar jornada diaria sacando la media de esos 3 días, es decir, jornada diaria de 5 horas cada día.

2. Comunicar en el contrato jornada semanal y 15 horas.

Si lo hago con la opción 1, entiendo que luego al realizar el alta en seguridad social el coeficiente de parcialidad sería 0.625.
Si lo hago según la opción 2 el coeficiente a comunicar sería menor, 0.375

Como lo veis?? Veo que la opción 1 es la que más se ajusta, pero me chirría poner jornada diaria con la media de esos 3 días.. no sé.
 

MarLo

Miembro conocido
Hola a tod@s!!

Trabajador que se le da de alta en un contrato eventual parcial de 3 días solamente. Trabaja de jueves a sábado, 4, 5 y 6 horas respectivamente cada día.

Mi duda. Al comunicar el contrato que creéis que es más correcto:

1. En el contrato comunicar jornada diaria sacando la media de esos 3 días, es decir, jornada diaria de 5 horas cada día.

2. Comunicar en el contrato jornada semanal y 15 horas.

Si lo hago con la opción 1, entiendo que luego al realizar el alta en seguridad social el coeficiente de parcialidad sería 0.625.
Si lo hago según la opción 2 el coeficiente a comunicar sería menor, 0.375

Como lo veis?? Veo que la opción 1 es la que más se ajusta, pero me chirría poner jornada diaria con la media de esos 3 días.. no sé.
yo opto por opción 1
 

Cachilipox

Miembro conocido
El numerador de la operación está más que claro: Las horas reales que prestará servicio = 15

El denominador de la operación debe corresponder a la duración del contrato. Si son 3 días, son 3 días.

Es que por esa lógica de poner en el denominador "algo", podríamos poner 1 año, ya que el trabajador solo trabajará 15 horas en 1 año, y claro, nos sale un CTP del 0,008

Además, si elevamos a cómputo semanal el denominador, de forma "imaginativo-ficticia", también debiéramos efectuar la misma operación en el numerador:
Horas reales: 15
+ la parte proporcional del descanso diario del día 3 que devenga pero no disfruta: digamos 6 (la mitad que cae el día 4)
+ la parte proporcional de las horas de descanso semanal que devenga y no disfruta: digamos 6 (a una ratio del 40 %)

Nuevo cómputo "ficticio-semanal": (15+6+6) / 40 = aprox. 0,600
 
El numerador de la operación está más que claro: Las horas reales que prestará servicio = 15

El denominador de la operación debe corresponder a la duración del contrato. Si son 3 días, son 3 días.

Es que por esa lógica de poner en el denominador "algo", podríamos poner 1 año, ya que el trabajador solo trabajará 15 horas en 1 año, y claro, nos sale un CTP del 0,008

Además, si elevamos a cómputo semanal el denominador, de forma "imaginativo-ficticia", también debiéramos efectuar la misma operación en el numerador:
Horas reales: 15
+ la parte proporcional del descanso diario del día 3 que devenga pero no disfruta: digamos 6 (la mitad que cae el día 4)
+ la parte proporcional de las horas de descanso semanal que devenga y no disfruta: digamos 6 (a una ratio del 40 %)

Nuevo cómputo "ficticio-semanal": (15+6+6) / 40 = aprox. 0,600
🤯🤯🤯🤯🤯 me explota la cabeza jajaja

Entiendo que optas por opción 1? 😂
 

Cachilipox

Miembro conocido
Sí, opción 1.

Solo exponía que puestos a hacer cálculos "raros", pueden salir cosas muy heterodoxas (y todas con su fundamentación matemática).

Ejemplo plenamente discordante:

Trabajador realiza 15 horas, respecto de otro que realizaría 40 horas en 1 semana.
Pero resulta que 1 semana son 7 días, y ese trabajador-15, solo está contratado 3 días.

Tendríamos por tanto:
15/40 (ratio horas) x 7/3 (ratio días) = CTP 0,875
 

toni

Miembro conocido
Discrepo de ese calculo @Cachilipox pues el calculo se debe de hacer sobre 24 horas (3 dias de trabajo), entonces la formula seria

15/24 * 100 = 0,625.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Discrepo de ese calculo @Cachilipox pues el calculo se debe de hacer sobre 24 horas (3 dias de trabajo), entonces la formula seria

15/24 * 100 = 0,625.
Coincido.

Solo que cuando se exponía la opción 2, totalizarlo a 1 semana, de ahí pueden salir cálculos muy extraños.
Si se totaliza a 1 semana hay que totalizar todo lo totalizable.

Pero lo correcto es ceñirlo a solo 3 días.
 
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