contrato fijo discontinuo

dbox

Miembro
Hola a todos, quería comentaros un caso a ver si podeis darme algo de luz.

Un trabajador fue contratado con un contrato fijo discontinuo en el año 2008. En el contrato se especifica que los meses de trabajo serán 8 al año.

La empresa se dedica a realizar trabajos para el sector del metal, sin que haya una periodicidad en la carga de trabajo, es decir, cada vez que le encargan una obra la empresa la realiza y y ya está, normalmente tiene volumen de trabajo durante todo el año.

Al parecer por error de la empresa, durante el año 2008 el trabajador estuvo trabajando ininterrumpídamente todo el año.

En el 2009 estuvo 350 dias trabajando, es decir lo dejaron parado sólo 15 días ese año.

Al año siguiente estuvo trabajando 360 días, si bien, entre una llamamiento y otro, le hicieron un contrato eventual por circunstancias de la producción, para realizar la misma faena que venia realizando, pero el hecho es que estuvo trabajando 350 días.

En el 2011 estuvo trabajando 355 días, le dejaron parado unos 10 días.

En el año 2012 tuvo varios llamamientos y trabajó 190 días.

En el año 2013 tuvo igualmente varios llamamientos y trabajo unos 220 días.

En lo que llevamos de 2014, ha tenido varios llamamientos de pocos días y lleva trabajados 90 días.

En los tres últimos años ha solicitado el para entre llamamiento y llamamiento.

La cuestión es que desde mi punto de vista el contrato se celebró en fraude de ley ya que debió ser indefinido ordinario, lo que ocurre es que en los últimos año la empresa ha corregido esta situación de forma que efectivamente el trabajador está trabajando lo que recoge su contrato (unos 7 meses al año).

Se me plantean varias opciones:

-Denunciar a la inspección de trabajo.
-Demandar a la empresa para que se le reconozca el contrato como ordinario.

La situación también se complica al haber cobrado desempleo entre llamamiento y llamamiento.

¿Que opinais?

Gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
La actividad no es estacional, con lo que el contrato es ordinario. Y, en las épocas en que no hay trabajo, se debe pagar igualmente el sueldo, con lo que lo puedes pedir con un año de retroactividad.
 

dbox

Miembro
Gracias por la respuesta Fernando, paralelamente  a la reclamación de cantidad ¿no habría que  demandar también para que se le reconozca el contrato como ordinario o en el propio proceso de cantidades se sustancia también ese punto?

Un saludo.
 

AL1978

Miembro conocido
Estoy totalmente de acuerdo con Fernando, la clave está en que la actividad no es estacional, mas que en los días trabajados
 
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