Buenos días,
En el BNR 11/2023, informa de lo siguiente:
RDL 1/2023. ART. 25: CONTRATACIÓN INDEFINIDA O INCORPORACIÓN COMO PERSONA SOCIA EN COOPERATIVA O SOCIEDAD LABORAL DE PERSONAS QUE REALIZAN FORMACIÓN PRÁCTICA
El artículo 25 del RDL 1/2023 establece lo siguiente:
“1.La contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de las personas que desarrollen formación práctica en las empresas por parte de la empresa donde las realice, ya sea a la finalización o durante el desarrollo de la misma, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 138 euros/mes durante un período máximo de tres años, salvo que la persona trabajadora contratada sea persona con discapacidad, en cuyo caso la bonificación podrá aplicarse durante toda la vigencia del contrato.
2. Para el caso de incorporación como persona socia en la cooperativa, la citada bonificación sólo será de aplicación cuando dicha entidad haya optado por un régimen de Seguridad Social propio de personas trabajadoras por cuenta ajena.”
Actuaciones en el ámbito de afiliación:
La identificación de las situaciones de alta a las que resulte de aplicación las bonificaciones del artículo 25 del RDL 1/2023, se realizará a través de los valores 150, 250 y 350 del campo TIPO DE CONTRATO, y del valor 18 del campo BENEFICIOS.
En el supuesto de que el inicio de la bonificación se produzca como consecuencia de una contratación indefinida, con independencia de que la empresa sea, o no, cooperativa o sociedad laboral, la peculiaridad de cotización estará identificada con TPC 16, FRACCIÓN CUOTA 01 y COLECTIVO INCENTIVADO:
• 2128: CT INDEFINIDO FORMACIÓN PRÁCTICA
• 2129: CT INDEFINIDO FORMACIÓN PRÁCTICA DISC.
En el supuesto de que el inicio de la bonificación se produzca como consecuencia de la incorporación como persona socia en una cooperativa o sociedad laboral, la peculiaridad de cotización estará identificada con TPC 16, FRACCIÓN CUOTA 01 y COLECTIVO INCENTIVADO:
• 2122: INCORPORAC. SOCIO S.COOP FORM.PRÁCTICA
• 2123: INCORPORAC. SOCIO S.LAB. FORM.PRÁCTICA
• 2124: INCORPORAC. SOCIO S.COOP. FORM.PRÁCT.DISC. • 2125: INCORPORAC. SOCIO S.LAB. FORM.PRÁCT.DISC.
Para la aplicación de estas últimas bonificaciones en el caso de las sociedades laborales, el campo RELACIÓN LABORAL CARÁCTER ESPECIAL deberá adoptar el valor 9924.
En el supuesto de que se pretenda la aplicación de las bonificaciones establecidas para las personas con discapacidad o que no resulte de aplicación el límite de duración mínima de la jornada a tiempo parcial a efecto de lo establecido en el artículo 10.2, se deberá informar el campo GRADO DISCAPACIDAD con el porcentaje reconocido y que el mismo haya sido acreditado previamente ante la TGSS.
Actuaciones en el ámbito de las liquidaciones de cuotas:
No se precisa la realización de actuaciones en el ámbito de la liquidación de cuotas para la aplicación de las bonificaciones del artículo 25 del RDL 1/2023.