Tengo un trabajador con un contrato temporal en una empresa que finaliza en breve y la empresa quiere acogerse a los beneficios establecidos por su contratación indefinida al ser menor de 30 años. Lo he comentado con un colega, y según él, si le doy de baja y se inscribe en el Inem se puede acoger la empresa a las bonificaciones.
A mí me parece que no, pues el apartado 9 del artículo 9 de la reforma nos remite a la Ley 43/2006 y esta excluye a los trabajadores que hubieran prestado servicios para la misma empresa en los últimos 6 meses con un contrato temporal.
¿Estaría en lo cierto?
A mí me parece que no, pues el apartado 9 del artículo 9 de la reforma nos remite a la Ley 43/2006 y esta excluye a los trabajadores que hubieran prestado servicios para la misma empresa en los últimos 6 meses con un contrato temporal.
¿Estaría en lo cierto?