contrato interinidad

rafags

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hola me surge la siguiente duda:
puedo realizar un contrato de interinidad con un trabajador/a  para sustituir a una trabajadora (embarazada) que toma vacaciones. y seguidamente hacer otro contrato de interinidad con el mismo/a trabajadora pra cubrir la baja de maternidad y bonificarmelo?

pero entre uno y otro debe inscribirse en el desempleo verdad?
hay algún tipo de exclusión por haber estado antes temporalmente en la empresa?

gracias y saludos
 

Natalia

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yo tengo un caso parecido pero el primer contrato será por sustitucion de Riesgo durante el embarazo y el segundo por sustitucion de baja por maternidad, ¿es lo mismo verdad? simplemente entre uno y otro debe apuntarse al paro? es que en este caso son los dos bonificados.
O se le puede hacer uno solo para las dos sustituciones.
 

Natalia

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La verdad es que cuando mejor se trabaja en es un día festivo, a mi me pasa algo parecido, trabajo en una localidad distinta a la que vivo pero me cojo los festivos de la mia, así el día festivo se trabaja de maravilla.
 

javier

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Raquel GR dijo:
Debería..., pero me cojo las de otra localidad.
Pero llevo un día de tranquilidad... que no veas.

Realmente prefieres estar de fiesta, pero el que no se consuela es por que no quiere, jejej.
 
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