Hola compañeros.
Hoy he descubierto que hay un trabajador al que se le hizo contrato para sustituir la IT de otro.
El trabajador en IT se reincorporó al mes (febrero 2013) y acabo de ver que la sustituta aún está trabajando.
Sé que es indefinida, pero como se lo tengo que explicar al empresario y no se que querrá hacer. Creo que si ahora decide finalizar el contrato, la trabajadora (con total razón) le demandará por despido improcedente. Y si se la quiere quedar indefinida, me imagino que debo comunicar la transformación del contrato en indefinido a la trabajadora/sepe/tgss.
¿Si lo finalizo ahora (al margen de q la trabajadora esté o no de acuerdo con que sea eso) Puede la empresa tener problemas por actuación de oficio del SEPE? Es decir, no sé si en algún lugar se sabe que no es una finalización del contrato de interino.
Para más INRI en la Teso consta contrato a tiempo completo (410) y el que se hizo es 510 porque la trabajadora sustituida tenía un contrato indefinido a tiempo parcial.
Os aclaro que soy nueva en el despacho y que este tema viene de mi antecesor. Son temas que voy viendo cuando saco la vida laboral del CCC y verifico los datos informados en el programa.
Gracias
Hoy he descubierto que hay un trabajador al que se le hizo contrato para sustituir la IT de otro.
El trabajador en IT se reincorporó al mes (febrero 2013) y acabo de ver que la sustituta aún está trabajando.
Sé que es indefinida, pero como se lo tengo que explicar al empresario y no se que querrá hacer. Creo que si ahora decide finalizar el contrato, la trabajadora (con total razón) le demandará por despido improcedente. Y si se la quiere quedar indefinida, me imagino que debo comunicar la transformación del contrato en indefinido a la trabajadora/sepe/tgss.
¿Si lo finalizo ahora (al margen de q la trabajadora esté o no de acuerdo con que sea eso) Puede la empresa tener problemas por actuación de oficio del SEPE? Es decir, no sé si en algún lugar se sabe que no es una finalización del contrato de interino.
Para más INRI en la Teso consta contrato a tiempo completo (410) y el que se hizo es 510 porque la trabajadora sustituida tenía un contrato indefinido a tiempo parcial.
Os aclaro que soy nueva en el despacho y que este tema viene de mi antecesor. Son temas que voy viendo cuando saco la vida laboral del CCC y verifico los datos informados en el programa.
Gracias