horusforever
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Hola,
Los contratos de obra o servicio deben tener autonomía o sustantividad propia ,esto pienso que es que la actividad laboral por el que se contrata no es la actividad normal de la empresa ¿no es así?, y los contratos por circunstancias de la producción es por exceso de pedidos, acumulación de tareas...Ante esto, quisiera saber por qué muchos hipermercados contratan a cajeras en épocas navideñas etc mediante contrato de obra y servicio en vez de mediante contrato por circunstancias de la producción ¿dónde está la autonomía o sustantividad propia del trabajo de una cajera? ¿es esto legal?.
Gracias
Los contratos de obra o servicio deben tener autonomía o sustantividad propia ,esto pienso que es que la actividad laboral por el que se contrata no es la actividad normal de la empresa ¿no es así?, y los contratos por circunstancias de la producción es por exceso de pedidos, acumulación de tareas...Ante esto, quisiera saber por qué muchos hipermercados contratan a cajeras en épocas navideñas etc mediante contrato de obra y servicio en vez de mediante contrato por circunstancias de la producción ¿dónde está la autonomía o sustantividad propia del trabajo de una cajera? ¿es esto legal?.
Gracias