CONTRATO PARA SUSTITUIR VACACIONES

TOÑITA

Miembro
sustitución vacaciones y paternidad.

Sustitución vacaciones desde 29-09-2025 al 12-10-2025. Contrato 402 - 967.
Sustitución paternidad desde 13-10-2025 al 21-12-2025. Contrato 410 sin bonificar

Es correcto?
 

Nerea

Miembro
Hola, siguiendo este tema... a ver si me dais luz sobre un caso que me ha pasado con un 402:

Tenemos un trabajador que sustituye las vacaciones de otro trabajador con un 402 con fecha inicio y fecha fin definidas.

Durante el 402 nos ha llegado un FIE del trabajador sustituido y ahora está de IT (durante las vacaciones).

¿Qué hago con el contrato 402? ¿Lo finalizo aún sin ser la fecha de baja definida previamente? ¿Despido con indemnización de 33? ¿O finalizo sin más el contrato por fin de la causa con indemnización de 12?

El caso es que, además, el trabajador que sustituye va a coger el contrato de la IT del trabajador que estaba de vacaciones desde el momento en que ha llegado el FIE... es decir que va a seguir contratado sustituyendo al mismo trabajador, pero la causa es distinta.

Ando un poco perdida... porque no sé qué es menos malo... y a CASIA ya ni pregunto porque últimamente no me ponen en plazo ni los contratos con los FIEs que llegan tarde y mal... y de los que me parece a mí que se deberían hacer cargo...

Gracias!!
 

Naialaboral

Miembro conocido
Hola, siguiendo este tema... a ver si me dais luz sobre un caso que me ha pasado con un 402:

Tenemos un trabajador que sustituye las vacaciones de otro trabajador con un 402 con fecha inicio y fecha fin definidas.

Durante el 402 nos ha llegado un FIE del trabajador sustituido y ahora está de IT (durante las vacaciones).

¿Qué hago con el contrato 402? ¿Lo finalizo aún sin ser la fecha de baja definida previamente? ¿Despido con indemnización de 33? ¿O finalizo sin más el contrato por fin de la causa con indemnización de 12?

El caso es que, además, el trabajador que sustituye va a coger el contrato de la IT del trabajador que estaba de vacaciones desde el momento en que ha llegado el FIE... es decir que va a seguir contratado sustituyendo al mismo trabajador, pero la causa es distinta.

Ando un poco perdida... porque no sé qué es menos malo... y a CASIA ya ni pregunto porque últimamente no me ponen en plazo ni los contratos con los FIEs que llegan tarde y mal... y de los que me parece a mí que se deberían hacer cargo...

Gracias!!
Yo lo que haría un fin contrato normal del 402 por vacaciones (INDEMNIZACION 12 DÍAS ) y luego un 410 por la IT
 
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