Contrato Régimen artistas.

laura.marono

Nuevo miembro
Buenos días, en relación con un alta en régimen de artistas (disc-jockey en un eventos musical). El contrato 407 todavía no está activo en tesorería ni SEPE con lo que debemos darlo de alta con un contrato 402 y anotar colectivo 971 o 972. En relación a esto tengo dos dudas, a ver si me podéis ayudar.
Una en relación a cuando usar 971 y 972, en que caso se usaría el 2ª "carácter no artístico" porque no veo mucho sentido en un 112 usar ese colectivo.
La segunda es; si se realiza el alta en un CCC 112 (artistas) es necesario anotar la RELACIÓN LABORAL DE CARACTER ESPECIAL 0800 ?? cuando hay que usar este último concretamente?

Gracias de antemano por vuestra ayuda.
 

Caslaboral

Miembro conocido
EL 972 se usa para auxiliares y tecnicos y estas cosas. Y el RLCE yo nunca lo pongo en regimen artistas, el propio regimen ya lo indica...
 
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