contrato sustitución IT / 365 días y alta médica

SLAKLIN

Nuevo miembro
Buenos días
Agradecería vuestra opinión al respecto de este caso particular: Trabajador que inició una baja IT hace más de un año y la empresa hizo un contrato de sustitución (antes interinidad) para sustituir al primero. Hace dos meses la empresa recibió una notificación del INSS que dice "agotada la duración máxima de 365 días de la misma, procede emitir resolución de alta médica con fecha XXXX. El alta será efectiva en el momento que el trabajador reciba la resolución, debiéndose incorporar a su puesto de trabajo al día siguiente de la notificación"
O sea que cuando han pasado 12 meses y se trata de una resolución de ALTA, son dos las que hay ahora:
1. Resolución de alta emitida ( septiembre 2024)
2. Resolución de alta notificada (todavía está pendiente)

Han pasado más de dos meses desde que la empresa recibió la resolución, y el trabajador no ha recibido su notificación del alta médica, y si no la recibe esto se puede alargar..... La empresa no quiere mantener más al sustituto ¿podemos finalizar el contrato de sustitución teniendo ya la la empresa la resolución del alta del INSS, o debemos esperar a la reincorporación efectiva del primero?
Gracias de antemano
 

carloslugo

Miembro activo
depende de lo que pusieses en el clausulado del contrato de sustitución , si pusiste que la duración del mismo es hasta la reincorporación del trabajador ..ese contrato todavía no se puede rescindir ya que la reincorporación no se ha producido ... de todas formas ahora para no complicarte creo que es mejor esperar a que el trabajador en IT comience a trabajar y rescindes en ese momento el contrato de sustitución ..pero ya digo que depende de lo que ponga el contrato sobre la finalización del mismo...
 

SLAKLIN

Nuevo miembro
En el contrato puse que la causa de sustitución era "sustituir al trabajador XXX, con NIF XXXXX, que se encuentra de baja médica"

Como el INSS ha emitido el alta médica y la empresa lo ha recibido pero el trabajador no, de momento este no se ha reincorporado.
Así que mi preocupación es que si tengo que dar de baja al sustituto, y no lo hago... ¿no podría considerarse que el contrato es indefinido?
Y si, por el contrario, diera de baja al sustituto por fin de contrato, pero fuese incorrecto hacerlo porque el trabajador no ha recibido su notificación ¿no podría considerarse despido?

Me parece complicado y no se por donde tirar....
 

BELEN

Miembro conocido
Yo no rescindiria hasta estar segura de que el trabajador ha recibido la notificación, ya que es el momento en el que será efectiva el alta médica (de hecho, así lo indica el propio INSS en lo que ha recibido la empresa)
Yo alguna vez que pasaba el tiempo y no sabía nada.... he preguntado a la mutua, ya que por lo visto ellos pueden saber la fecha de notificacion al trabajador, no sea que él os diga una cosa y sea otra....porque entonces el que tiene el problema es él.

Y por supuesto insistitir en preguntarle si lo ha recibido, porque si hubiera sido así deberá atenerse a las posibles sanciones por no incorporación.
 

SLAKLIN

Nuevo miembro
Gracias por tu opinión. Me viene bien tu punto de vista, porque estaba en un mar de dudas y esto se va alargaaaaaaando.

Fíjate si va dando vueltas la dichosa notificación… resulta que ahora el INSS me comenta que la resolución no está notificada al trabajador, que ha sido devuelta a correos y que todavía no ha llegado al departamento de prórrogas (vete tú a saber cuándo llegará). Que una vez llegue allí, entonces lo publicarán en el BOE… claro, tampoco se sabe cuándo. Que una vez publicado, pasados 10 días se extinguirá la prestación de la baja y blablablaaaaa… mientras tanto se supone que tenemos que ir revisando el BOE (que va a ser mi libro de cabecera) porque el INSS no avisa a la Mutua ni a la empresa y, por si fuera poco, entienden que una vez publicado en el BOE el trabajador lo va a mirar…. Permíteme que me parta de la risa porque esto me parece una broma¡!! 🥳🥳

Entre tanto ir y venir me tiene mareada la dichosa notificación, ufff 😠😠

En fin, voy a hablar con la empresa, a ver qué deciden, porque no creo que quieran esperarse Año Nuevo…
 

BELEN

Miembro conocido
Me parece tan absurdo todo!!!! En mi absoluta ignorancia sobre esta pintoresca situacion, me planteo en voz alta: el INSS está notificando por SMS... no entiendo cómo te dicen "que no está notificado" asique, al margen de la notificación por correo ordinario (que para mí es evidente que no le ha dado la gana recibir) y habiendo recibido la empresa la dichosa notificación ¿no sería posible remitir al trabajador por Buro-SMS o similar la notificación del INSS y exigirle que se incorpore?

O algo parecido, porque de verdad se me hace muy cuesta arriba que haya que estar pendiente del BOE cuando de manera clara está dado de alta y el señorito alega no haber recibido el alta.
 
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