Contrato sustitución nacimiento menor

Lolilla

Miembro
Buenas tardes.
Para acogerse a la bonificación del contrato de sustitución por nacimiento de menor, el sustituto debe ser menor de 30 años?
Es que me suena pero he consultado el cuadro de beneficios a la cotización y no veo ese requisito
 

Wastual

Miembro conocido
En las bonificaciones vigentes actualmente (RDL 1/2023, totalmente reformadas, pero ya en vigor desde el 01/09/2023), absolutamente sí, y además inscritas como demandantes de empleo, al menos, el día anterior a la fecha real de alta.

Artículo 17 (...)​


a) Los contratos de duración determinada que se celebren con personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustitución de personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones económicas por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, a las que se refieren los artículos 186 a 189 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

b) Los contratos de duración determinada que se celebren con personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustitución de personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones económicas por nacimiento y cuidado del menor o la menor o ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, a las que se refieren los artículos 177 a 185 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
 
Arriba