Contrato sustitución paternidad

rakelcita

Miembro activo
¡Buenos días!

Tengo la siguiente consulta: el trabajador de una empresa va a causar baja por paternidad a finales del mes de julio, en esa fecha no es necesario contratar a nadie para sustituirlo porque no hay mucho volumen de trabajo y en el mes de agosto la empresa cierra por vacaciones. La pregunta es: ¿se puede hacer un contrato bonificado por sustitución por paternidad el 1 de septiembre o por el contrario el contrato debe tener fecha de inicio el inicio de la paternidad?

Gracias :)
 

Inma.2

Miembro activo
+1
pero ojo que en septiembre hay nuevas historias.....

Tipos y bonificación de contratos de duración determinada por sustitución de persona trabajadora - Iberley

Requisitos de la persona contratada para el acceso a la bonificación: los contratos de duración determinada deben concertarse con personas jóvenes desempleadas menores de 30 años.

Incentivos para la contratación de sustituto: bonificación en la cotización de 366 euros/mes durante el período en el que se superpongan el contrato de sustitución y la respectiva prestación o, en su caso, situación de incapacidad temporal

Tipos y bonificación de contratos de duración determinada por sustitución de persona trabajadora - Iberley
Incentivos sobre la persona sustituida: bonificación en la cotización de 366 euros/mes durante el período en el que se superpongan el contrato de sustitución y la respectiva prestación.
 

rakelcita

Miembro activo
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pero ojo que en septiembre hay nuevas historias.....

Tipos y bonificación de contratos de duración determinada por sustitución de persona trabajadora - Iberley

Requisitos de la persona contratada para el acceso a la bonificación: los contratos de duración determinada deben concertarse con personas jóvenes desempleadas menores de 30 años.

Incentivos para la contratación de sustituto: bonificación en la cotización de 366 euros/mes durante el período en el que se superpongan el contrato de sustitución y la respectiva prestación o, en su caso, situación de incapacidad temporal

Tipos y bonificación de contratos de duración determinada por sustitución de persona trabajadora - Iberley
Incentivos sobre la persona sustituida: bonificación en la cotización de 366 euros/mes durante el período en el que se superpongan el contrato de sustitución y la respectiva prestación.
Sí, estamos viendo qué opción es más ventajosa si darle de alta al sustituto el 30/08 o el 01/09.
Los 366€ supongo que serán proporcionales a la jornada que tenga el trabajador, ¿no? Es decir, que si tiene una media jornada, te bonifican 183€.
 

Leovigildo

Miembro activo
Sí, estamos viendo qué opción es más ventajosa si darle de alta al sustituto el 30/08 o el 01/09.
Los 366€ supongo que serán proporcionales a la jornada que tenga el trabajador, ¿no? Es decir, que si tiene una media jornada, te bonifican 183€.
Hacerlo el 30/08/2023, sólo por las bonificaciones compensa de sobra pagar ese tramo de Agosto 2023.
 
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