Contrato sustitución persona excedencia voluntaria

Santiago

Miembro conocido
Muy buenas
Una trabajadora solicita una excedencia voluntaria
La empresa quiere contratar a una persona para substituirla. Según leo, el contrato no podría ser de interinidad porque no la excedencia voluntaria no es un supuesto de reserva de puesto de trabajo, sino que debería ser un contrato indefinido o temporal por aumento de actividad (no por substitución 410 o 510)

El tema está en que en los estatutos de la empresa (es una asociación quién contrata) se indica que en caso de excedencia voluntaria se conserva el puesto de trabajo durante los primeros 12 meses de la excedencia (ofreciendo una mejora respecto al ET)

En este caso, con la reserva del puesto de trabajo según estatutos, el contrato de la persona substituida, ¿podría ser de interinidad 410 o 510?

Gracias
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Opinion: mejora voluntaria para el sustituido todo ok
Para el sustituto no me convence...si yo fuera el sustituto podría llegar a pensar que la norma prevalece respecto a lo que diga los estatutos de una asociacion y que estás aplicandome un contrato que no me corresponde....repito es solo una opinión
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Mmmm.... si realmente hay reserva de `puesto de trabajo, entiendo que cabe el contrato de sustitución.
Lo hemos comentado en alguna ocasión, en este caso porque está previsto así expresamente en los estatutos, pero si en una excedencia voluntaria (que, per se, todos tenemos claro que no cabe contrato de sustitución) se acuerda (formalmente...) que haya reserva de puesto de trabajo, en casos así, entiendo que cabe contrato de sustitución, pues si la resrva es por indicarlo los estatutos, lo mismo.
Al final es cuestión de ver si hay o no reserva de puesto de trabajo. En una excedencia voluntaria "estándar", no la hay, pero, si por las circunstancas concretas del caso , la hay... no le veo problema.
 
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