Contrato sustitución por enfermedad

Buenos días, a ver si me podéis echar un cable ya que he mirado en el buscador pero no he visto nada, trabajador que sustituye a otro por IT, el trabajador en IT vuelve, ahora, ¿se puede hacer un anexo al contrato y poner a otro trabajador con IT o hay que hacer un nuevo contrato de interinidad?
Y en la Seguridad Social, ¿baja y alta o al no indicar los datos del trabajador sustituido se deja como está?
 

Wastual

Miembro conocido
Frente a otras situaciones (principalmente, interinidad por riesgo durante el embarazo y lactancia, y nacimiento y cuidado del menor) en los que la TGSS, BNR mediante, ha indicado que es necesario proceder con un "nuevo" contrato y mecanizar sucesivos movimientos ordinarios de baja y alta, en el caso que comentas, puede realizarse de cualesquiera dos maneras que propones: proceder como se acaba de indicar también aquí, aunque no exista esa "obligación" de hacerlo así, o directamente anexo sin movimientos en Tesorería.
 
Arriba